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Canal interno de información

Se pueden comunicar las infracciones previstas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, en el siguiente formulario:

Al hacer la comunicación se puede indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones, pero también se pueden realizar comunicaciones anónimas. Si se comunica o revela públicamente información a sabiendas de su falsedad, dicho acto será constitutivo de infracción muy grave.

No hay que confundir el tipo de comunicaciones que se pueden presentar en este canal con las consultas, quejas o sugerencias, que tienen su propios trámites:

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