30/06/2020
Ayudas
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Boletín Oficial del Estado publica hoy la Orden Ministerial por la que se establecen las nuevas bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y de cortometrajes y se determina la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
En la nueva Orden reguladora, que sustituye a la vigente de hace dos años, se introducen modificaciones de carácter técnico que simplifican y unifican los procedimientos para facilitar la comprensión, cumplimentación y tramitación de las ayudas.
Además, se refuerza la protección de determinados colectivos a través del fomento de las actividades que desarrollan y en relación a los requisitos de acceso a las ayudas.
De este modo, en la nueva orden se potencia:
Además, se sigue avanzando tanto en el fomento de la igualdad de género como en la igualdad de oportunidades y la no discriminación.
La Orden Ministerial da un importante paso hacia la accesibilidad universal del cine español haciendo obligatorio, por primera vez, que las películas cinematográficas incluyan como medidas de accesibilidad universal el subtitulado especial y la audiodescripción para acceder a las ayudas generales y selectivas para la realización de largometrajes sobre proyecto.
Este requisito se une a la obligación ya existente, para acceder a las ayudas a la producción de largometrajes, de tener empleada en la empresa o incorporar al proyecto, al menos, a una persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % reconocido por el organismo competente, excepto cuando se trate de proyectos de carácter documental o experimental.
En cuanto a las medidas específicas por líneas de ayudas, destacan las novedades adoptadas en las ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto, que cambia el sistema de convocatoria de única al sistema de convocatoria abierta así como la eliminación de las restricciones existentes al coste máximo del proyecto,
Asimismo, con el fin de agilizar el procedimiento de valoración, se establece una preevaluación objetiva, con una puntuación mínima de acceso y se elimina la obligatoriedad de aportar determinados documentos en el momento de presentar la solicitud.
En la Orden se han incorporado también una serie de medidas específicas para hacer frente al impacto económico de la COVID-19 en las empresas del sector. Están dirigidas principalmente a:
Consultar la Orden de Bases en el BOE aquí .