09/06/2023
El Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, ha publicado en el BOE la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la edición de revistas culturales correspondiente a 2023.
Podrán solicitar estas subvenciones las empresas (personas jurídicas y autónomos) e instituciones sin fines de lucro que tengan como actividad, única o entre otras, la edición de revistas culturales.
El plazo para presentar las solicitudes es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto.
El importe máximo de las subvenciones convocadas será de un millón de euros: 700.000 euros a favor de las empresas y 300.000 euros para instituciones sin fines de lucro editoras de revistas.
El objetivo de estas subvenciones es el fomento y difusión de las revistas culturales españolas de proyección nacional y alcance comercial reducido que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español, escritas en cualquiera de las lenguas oficiales españolas.
Se entenderán que son publicaciones pertenecientes al ámbito de la cultura, con independencia del soporte en que se editen, aquéllas dedicadas, entre otras, a alguna de las siguientes materias:
Esta convocatoria es complementaria a la realizada el 22 de noviembre de 2022, en la que ya se destinó otro millón de euros a subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de revistas culturales.
La presente convocatoria también se destina a la edición de los números correspondientes a los años 2022 y 2023, según la periodicidad de cada revista. Se podrán solicitar ayudas para los mismos números que se hayan solicitado en la convocatoria anterior, referida al mismo periodo.
Esta subvención es compatible con otras ayudas de organismos o instituciones, públicos o privados, para la misma actividad, también con las concedidas por el Ministerio de Cultura y Deporte con cargo a la citada convocatoria de 22 de noviembre de 2022, siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no supere el 100% del coste de la edición o producción de la revista.
Con cargo a las dos convocatorias no se podrá financiar más del 50% del coste de publicación de la revista, entendiéndose por tal la suma de los costes que suponga para la entidad la edición o producción, distribución y comercialización de la revista. El 50% restante necesariamente deberá financiarse con cargo a los fondos propios de la editorial o mediante otras ayudas públicas o privadas.