03/08/2021
El Consejo de Ministras y Ministros, a propuesta del titular de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, ha aprobado continuar con la tramitación del anteproyecto de ley que modifica la Ley 23/2011 de Depósito Legal para adaptarla a los cambios producidos en el sector editorial. El anteproyecto ha sido sometido a consulta pública y ha recabado la opinión y consideraciones de, entre otros, la Federación de Gremios de Editores de España, la Asociación Española de Videojuegos (AEVI) o el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO).
La modificación de la ley permitirá cumplir un papel más efectivo en la conservación de la edición nacional y optimizará la gestión de los centros de conservación mejorando y perfeccionando la recogida de publicaciones. Para ello contempla especialmente la progresiva incorporación de medios digitales en el acceso al patrimonio bibliográfico y audiovisual: además de los ejemplares físicos de las publicaciones, los editores deberán depositar la copia en versión digital previa a la impresión de las publicaciones en soporte físico de primeras ediciones, reediciones de libros, y de prensa y revistas.
Respecto a los cambios de la realidad editorial, el anteproyecto de ley permitirá optimizar la gestión de los centros de conservación y corregir los defectos advertidos por la experiencia en la Ley vigente, para conseguir un depósito más completo y pertinente del conjunto de la edición española.
Nuevas tipologías objeto de depósito legal
El anteproyecto elimina aquellas tipologías que carecen de valor bibliográfico nacional e incorpora nuevas tipologías documentales objeto de depósito legal, entre las que destacan:
Filmoteca Española: centro de conservación del material cinematográfico
Entre otras novedades destaca también el reconocimiento como centro de conservación a la Filmoteca Española. Será el centro de conservación del material cinematográfico para el cumplimiento de los fines de preservación a largo plazo, y su difusión, como parte integrante del patrimonio cinematográfico y audiovisual. Además, establece en detalle los materiales que recibirá la Filmoteca Española y las Filmotecas de las CC.AA. a efectos del cumplimiento de la obligación de depósito legal.
Los sujetos obligados a solicitar el número de depósito legal incluirán ahora, además de al editor, al productor. E incluirá una copia nueva de los documentos íntegros, en versión original, de toda película cinematográfica, u otra obra audiovisual, realizada por un productor con domicilio, residencia o establecimiento permanente en el territorio español y un ejemplar del material publicitario correspondiente. Igualmente, se incluyen ‘otras obras audiovisuales’, aquellas que no estén destinadas a ser exhibidas en salas cinematográficas, sino que llegan al público a través de otros medios de comunicación.
Igualmente, establece una detallada enumeración de los ejemplares que la Biblioteca Nacional de España (BNE) está obligada a conservar y, en clara referencia a las CC.AA., suprime la función de alta inspección de las competencias de la BNE.
Depósito legal
El depósito legal es la institución jurídica que permite a la Administración General del Estado y a las CC.AA. recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública, con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital de las culturas de España en cada momento histórico, y permitir el acceso al mismo con fines culturales, de investigación o información.