Homologación a efectos de certificación del cómputo de espectadores a través de la venta minorista y el arrendamiento de obras cinematográficas en soporte físico

Acceso al servicio online Plazo de presentación de solicitudes:ABIERTO PERMANENTEMENTE

Índice

Información general

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Descripción

Homologación de las empresas dedicadas a actividades de venta y de arrendamiento al por menor a precios de mercado de películas en DVD o en otro soporte físico con el fin de emitir certificaciones, para la inclusión de sus espectadores en el cómputo global de espectadores de una película, a efectos del cálculo de las ayudas para la amortización de largometrajes.

Más Información

Solicitantes: empresas con domicilio o establecimiento permanente en España que realicen con carácter permanente y profesional operaciones de cómputo de la venta o arrendamiento minorista a precio de mercado de soportes físicos de películas

Forma de iniciación: a solicitud de interesado

Normativa

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Información

  • Orden CUL/1772/2011 BOE de 21 de junio, por la que se establecen los procedimientos para el cómputo de espectadores de las películas cinematográficas, así como las obligaciones, requisitos y funcionalidades técnicas de los programas informáticos a efectos del control de asistencia y rendimiento de las obras cinematográficas en las salas de exhibición
  • LEY 55/2007 BOE de 28 de diciembre, del Cine (BOE 29-12-2007)
  • Real Decreto 1084/2015 BOE de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine (BOE 05-12-2015)
  • Orden CUL/2834/2009 BOE de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento de coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las base reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (BOE 24-10-2009)

Solicitud

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Plazo de presentación de solicitudes

Abierto permanentemente

Documentación

  • Solicitud en modelo oficial.
  • Documentación que acredite la representación del solicitante.
  • Memoria de actividad de la empresa hasta la fecha de la solicitud, con expresa mención de su ámbito geográfico de actividad y detalle de los establecimientos que somete a su control dejando a salvo la legítima protección de datos empresariales de carácter confidencial. No podrán solicitar la homologación las empresas que no acrediten un ámbito de actividad igual o superior a tres comunidades autónomas durante un período de al menos dos años.
  • Descripción detallada de sus procedimientos de verificación y cómputo, incluidas las especificaciones técnicas de sus sistemas de lectura y de almacenamiento de datos, dejando a salvo la legítima protección de datos empresariales de carácter confidencial.

Presentación de la solicitud

En la Sede Electrónica de Cultura Sede en el Registro General de este Ministerio, o bien:

Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro Nueva ventana

Resolución definitiva

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Información

  • Órgano que resuelve: Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales
  • Plazo de resolución: 6 meses desde la presentación de la solicitud
  • Recursos: Reposición, en vía administrativa, y Contencioso-Administrativo, en sede judicial

Más información

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Información de SIA

  • Denominación del trámite: Homologación a efectos de certificación del cómputo de espectadores a través de la venta minorista y el arrendamiento de obras cinematográficas en soporte físico
  • Código: 998743
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