Recurso Potestativo de Reposición

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Información general

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Descripción

REVISAR UN ACTO ADMINISTRATIVO QUE PONE FIN A LA VÍA ADMINISTRATIVA

Se trata de un procedimiento cuyo objeto es la revisión de las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa y de determinados actos de trámite, con fundamento en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Destinatarios

Sujetos que tengan carácter de interesado respecto de las precitadas resoluciones y actos de trámite.

Requisitos

Los contemplados en el artículo 115.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Debe tenerse en cuenta que sólo son recurribles independientemente las resoluciones y, excepcionalmente, los actos de trámite que cumplan los requisitos del artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, frente a los actos provisionales, propuestas y demás actos no resolutorios, no resulta procedente el recurso, sino que, en su caso, se deberán formular alegaciones mediante el trámite oportuno.

Solicitud

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Plazo de presentación de solicitudes

Abierto permanentemente

El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

Si el acto no fuera expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Modelo(s) de solicitud

También puede descargar el correspondiente modelo de solicitud PDF.

Presentación de la solicitud

Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro Nueva ventana

Resolución definitiva

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Información

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso.

Más información

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Contacto

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa

Información de SIA

  • Denominación del trámite: Recurso de Reposición
  • Código: 996381
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