Ud está aquí:
  1. Inicio
  2. Servicios a la ciudadanía
  3. Catálogo de trámites y servicios
  4. 99
  5. 995758
  6. ficha
  7. Ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos

Ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos

Convocatoria 2019

Acceso al servicio online Plazo de presentación de solicitudes:FINALIZADO

Índice

Información general

Subir

Descripción

Ayudas para subvencionar la inversión en capital, favoreciendo la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas y para promover e incrementar la oferta legal de contenidos digitales culturales en internet.

Convocatoria

Subir

Información

Solicitud

Subir

Plazo de presentación de solicitudes

  • Desde el 09 de abril de 2019
  • Hasta el 03 de mayo de 2019 a las 14:00
Plazo de presentación de solicitudes finalizado

Modelo(s) de solicitud

Se realiza a través del botón de "Acceso al servicio online" en la parte superior de la ficha

o bien a través del siguiente formulario:

Tramitación

Subir

Información

Listados provisionales de admitidos a trámite y excluidos

Fecha de publicación: 07/06/2019

  • Admitidos a trámitePDF (la inclusión en la lista de admitidos a trámite no implica la concesión de la ayuda sino que el proyecto cumple los requisitos formales que establece la convocatoria y pasa a ser evaluado por la Comisión de Valoración).
  • ExcluidosPDF (los solicitantes excluidos dispondrán hasta el día 21 de junio de 2019 para subsanar los motivos de exclusión).

Listado definitivo de admitidos a trámite y excluidos

Fecha de publicación: 25/06/2019

Resultados de la Comisión de Valoración

Fecha de publicación: 12/09/2019

Aceptación de la ayuda

El plazo concluye el día 3 de octubre de 2019

Instrucciones para las entidades propuestas por la Comisión de Valoración DOC

Documentación a presentar:

Personas jurídicas y personas físicas que presentaron su solicitud a las ayudas de forma electrónica a través de la Sede Sede

Personas físicas que presentaron su solicitud a las ayudas por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Común de las Administraciones Públicas:

Impreso de datos bancarios DOCSalto de línea Presupuesto reformulado (Modelo autónomos) DOC

Resolución definitiva

Subir

Información posterior a la resolución definitiva

Subir

Información

Ampliación de plazos para realizar las actividades subvencionadas

Se han modificado la Orden de convocatoria y la Resolución de concesión de las Ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos correspondientes al año 2019, ampliando por tres meses el plazo de realización de actividades, salvo para aquellos beneficiarios que renuncien a ello expresamente.

El plazo de tres meses comenzará a computar desde el día en que se reanude el cómputo de los plazos suspendidos por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El plazo de justificación de las ayudas comenzará a computarse a partir de la terminación del plazo de ejecución de las actividades.

Aquellos beneficiarios que deseen presentar la justificación en el plazo inicialmente previsto en la convocatoria y presentaron la solicitud a través de la sede electrónica, pueden hacerlo por este medio, explicitando que renuncian a la ampliación del plazo para la realización de las actividades subvencionadas (Acceso al Servicio Online).

Los beneficiarios sujetos al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que deseen presentar la justificación en el plazo inicialmente previsto en la convocatoria y no presentaron la solicitud a través de la sede electrónica, pueden hacerlo por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, igualmente explicitando que renuncian a la ampliación del plazo para la realización de las actividades subvencionadas​.

Reanudación de plazos administrativos

El Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo (BOE el 23 de mayo de 2020) por el que se prorroga del estado de alarma deroga la Disposición adicional tercera (suspensión de plazos administrativos) del Real Decreto 463/2020, con efectos de 1 de junio de 2020.

Los plazos restantes para la ejecución de las actividades de las Ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos son los siguientes:

1. Beneficiarios que no vayan a acogerse a la ampliación de plazos acordada en la Orden ministerial de 22 de abril de 2020:

  • El periodo de realización de actividades finalizará el 17 de junio de 2020.
  • Será necesario presentar un escrito explicitando que renuncian a la ampliación del plazo para la realización de las actividades subvencionadas.
  • El plazo para la presentación de las justificaciones finalizará el 17 de septiembre de 2020.

2. Beneficiarios que vayan a acogerse a la ampliación de plazos acordada en la Orden ministerial de 22 de abril de 2020:

  • El periodo de realización de actividades finalizará el 31 de agosto de 2020.
  • El plazo para la presentación de las justificaciones finalizará el 30 de noviembre de 2020.

Más información

Subir

Información de SIA

  • Denominación del trámite: Ayudas a proyectos profesionales y empresariales para la innovación en las industrias culturales y creativas
  • Código: 995758
Subir