Convocatoria 2019
AVISO IMPORTANTE
Con efectos de 1 de junio de 2020, por la disposición derogatoria única. 2 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, y desde esa fecha, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, según determina el art. 9 del citado Real Decreto. (BOE núm. 145, de 23/05/2020). En virtud de lo anterior, el plazo ordinario para la edición de las obras finalizará el 3/09/2021 y para su justificación el 4/12/2021. En los casos en que se solicitó prórroga, el plazo para la edición finalizará el 4/06/2022 y para su justificación 3/9/2022.
Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de libros
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Las solicitudes se realizarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se accede a ellas a través del botón de "Acceso al servicio online" que se encuentra en la parte superior de esta página.
Para cualquier duda sobre la presentación de la solicitud, escribir al correo subvenciones_libro@cultura.gob.es
Para cualquier incidencia técnica en la sede electrónica escribir al correo soporte.sede.sec@cultura.gob.es
Listado de solicitudes recibidas y plazo de subsanación
Nota importante: Todos los documentos se deben presentar:
1. En el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución (último día 28 de octubre).
2. A través de la sede electrónica (Acceso al servicio online).
Estados definitivos tras la subsanación
Comisión de Valoración
Nota importante: Todos los documentos y alegaciones se deben presentar:
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