Convocatoria 2020
Garantizar la edición de aquellas revistas culturales que, a pesar de tener una relevancia cultural sobresaliente, y de constituirse en expresión del pensamiento y la sensibilidad de la sociedad, tienen un alcance comercial reducido.
Las solicitudes se realizará exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administravo Común de las Administraciones Públicas. Se accede a ella a través del botón de "Acceso al servicio online" que encontrará en la parte superior de esta página.
Listado de solicitudes recibidas y plazo de subsanación
Fecha de publicación en la web: 7/10/2020
Nota importante: Todos los documentos se deben presentar:
En el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución (último día 15 de octubre).
A través de la sede electrónica (Acceso al servicio online).
Estados definitivos tras la subsanación
Comisión de valoración
Fecha de publicación en la web: 19/11/2020
Nota importante: Todos los documentos se deben presentar:
En el plazo de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución (último día 26 de noviembre).
A través de la sede electrónica (Acceso al servicio online)
Fecha de publicación en la web 12/01/2021
Fecha de publicación en la web: 3/03/2021