Cumplimiento de las obligaciones de control de asistencia y declaración de rendimientos por parte de las salas de exhibición
La obligación de las salas de exhibición de remitir al ICAA el parte de declaración semanal de rendimientos, que se establece en el art. 16 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine se realiza por vía telemática, a través de la Sede Electrónica de Cultura , para lo que es necesario estar dado de alta en nuestra base de datos de Registro Administrativo de Empresas y contar con un certificado digital.
A partir del día 1 de octubre de 2014 el parte de declaración semanal únicamente podrá realizarse por esta vía.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro