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Definición

Iglesia de Dauis, Filipinas, 2013. Fotografía: UEGR

El Plan Nacional de Emergencias y Gestión de Riesgos en Patrimonio Cultural se concibe con tres objetivos fundamentales: diseñar medidas o procedimientos para la prevención y protección del patrimonio cultural ante la posibilidad de que se produzca una catástrofe; establecer para estos casos una metodología de actuación para minimizar los daños que se pudieran producir y diseñar los instrumentos de actuación y los mecanismos de coordinación con las distintas instituciones que intervienen en las situaciones de emergencia y que afectan a la seguridad de las personas y de los bienes.

El objetivo del Plan Nacional de Emergencias y Gestión de Riesgos en Patrimonio Cultural es definir y poner en marcha las actuaciones de carácter preventivo y paliativo necesarias para la protección de los bienes culturales, frente a la acción de fenómenos de origen natural u otras causas de origen antrópico susceptibles de ocasionar daños inmediatos.

Para ello es necesario establecer mecanismos de colaboración y participación a nivel estatal, autonómico y local, de las instituciones competentes en materia de protección civil y de las encargadas de velar por el patrimonio cultural, así como gestionar los recursos necesarios, garantizando el rescate y la protección de los bienes culturales. Este plan será uno de los instrumentos de ejecución de la Fase Previa y de la Fase de evaluación de daños e intervención urgente del Plan Nacional de Coordinación y Apoyo de Protección de Bienes de Interés Cultural y se considera fundamental para la eficacia operativa del mismo.

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