La Biblioteca pone a disposición de sus usuarios un servicio de reproducción de documentos como uno de los medios más eficaces de acceso y difusión de la información.Salto de línea Este servicio se realizará en el cumplimiento estricto de lo dispuesto en la Ley 22/1987, de Propiedad Intelectual, y sus modificaciones posteriores, y la Ley 16/1985, de Patrimonio Histórico Español y sus posteriores modificaciones.
¿Qué se puede reproducir?Salto de línea Libros y folletos, artículos de publicaciones periódicas, mapas y planos, materiales gráficos (estampas, grabados, fotografías...)
¿Qué tipo de reproducciones se pueden obtener?Salto de línea Fotocopias (DIN A3 Y DIN A4) y copia digital
¿Cómo solicitar reproducciones?Salto de línea Cualquier usuario puede solicitarlas en la Biblioteca cumplimentando el impreso "Reproducción de fondos", que será facilitado en el mostrador de préstamo. También se atenderán solicitudes por teléfono, carta o correo electrónico: biblioteca.mt@cultura.gob.es
No se podrán fotocopiar los siguientes tipos de documentos:
Los dibujos, fotografías, grabados y mapas solo podrán ser reproducidos mediante copia digital.
La fotocopiadora en sala está en régimen de autoservicio.
Cualquier lector puede fotografiar los documentos que desee, utilizando su propio equipo de fotografía. Para fotografiar debe solicitar autorización al personal de la Biblioteca.
A través de la biblioteca se podrán solicitar fotografías de documentos al Servicio Fotográfico del Museo. Este sistema de reproducción está sujeto a la misma normativa y precios vigentes del resto del Museo.
Toda petición de reproducción de fondos bibliográficos debe ser autorizada por el personal de la Biblioteca.
La Biblioteca del Museo del Traje y Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico, no se responsabiliza del uso que pueda hacerse de las reproducciones, en contra de los derechos de autor protegidos por la ley.
Precios Públicos por servicios de reproducciónSalto de línea Según Orden CUL/1077/2011, de 25 de ABRIL de 2011 , por la que establecen los precios públicos de determinados servicios prestados por los centros directivos y organismos autónomos del Ministerio de Cultura