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Normas de visita

taquilla del museo

Por motivos de seguridad y de conservación de las colecciones, el número máximo de personas permitidas por grupo es de 25.

  • Está permitido tomar imágenes en el interior del Museo, excepto con flash, trípode o palos para selfies.
  • No está permitido sentarse en los asientos que forman parte de las colecciones del Museo. A lo largo del recorrido hay bancos y sillas habilitados para el descanso de los visitantes.
  • No está permitido sentarse en el suelo.
  • No está permitido consumir comidas ni bebidas en el interior del Museo.
  • Se ruega que los bultos grandes, bolsos, paraguas, mochilas etc. sean depositados en las taquillas del guardarropa

  • Se ruega que los teléfonos móviles se desconecten durante la visita al Museo.
  • No está permitido fumar en el interior del edificio.
  • Por motivos de conservación de bienes culturales, SE PROHIBE el acceso con animales de compañía, excepto en el caso de perros de asistencia.
  • Por motivos de seguridad en caso de evacuación, se permiten un máximo de dos personas con movilidad reducida en sillas de ruedas de forma simultánea en las instalaciones del museo. + info.
Visitante realizando una fotografía en el Museo

Normas para la realización de fotografías

La normativa relativa a la realización de fotografías en el interior del Museo distingue los siguientes casos:

1. Realización de fotografías por visitantes

Por motivos de conservación de los bienes culturales y de consideración hacia el resto del público, el museo sólo autoriza la toma de fotografías en su interior con dispositivos móviles o equipos no profesionales respetando las siguientes normas:

  • Fotografiar sin flash, foco, o cualquier otra iluminación adicional a la ya existente en la sala.
  • Cualquier tipo de equipo de soporte fotográfico, trípode o palo para selfies deberá dejarse en taquilla.
  • Respetar el inmueble y los objetos expuestos evitando tocarlos.
  • Limitarse al espacio de tránsito sin traspasar las catenarias o zonas delimitadas en las salas en la que hubiere.
  • Limitarse a la toma de fotos sin interrumpir el paso o interferir en la visita de otras personas.

El Museo Nacional de Cerámica y Artes Suntuarias “González Martí” no se responsabiliza del uso que pueda hacerse de las reproducciones de estas fotografías en contra de la Ley de Propiedad Intelectual y/o cualquier otra disposición legal.

2. Realización de reportajes fotográficos de difusión

+ info

3. Realización de fotografías con fines de investigación

+ info

4. Uso de espacios para realización de reportajes fotográficos

La realización de fotografías en el interior del Museo no contempladas en los tres puntos anteriores estarán sujetas a la normativa sobre utilización de espacios en Museos y otras instituciones culturales dependientes del Ministerio de Cultura y Deporte (Orden del Ministerio de Presidencia de 18 de enero de 2000 [BOE del 26], por la que se establecen las tarifas de los servicios o actividades sujetos a la tasa por utilización de espacios en Museos y otras instituciones culturales del Ministerio de Educación y Cultura).Salto de línea La solicitud de cesión de espacios requerirá en cualquier caso las autorizaciones previas de la Dirección del Museo y de la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte. En términos generales, no se autorizará el uso del espacio para fotografías y filmaciones de carácter comercial tales como anuncios publicitarios, catálogos comerciales, desfiles de moda, celebraciones de ferias o de eventos en los que se vendan productos, etc. El resto de solicitudes de fotografías por otros motivos se contemplarán como solicitudes de cesión de espacios y estarán sujetas a las mencionadas autorizaciones y a las normas correspondientes.

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