En el año 2001, la UNESCO aprueba la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, que es ratificada por España en 2005. Según este documento, el Patrimonio Cultural Subacuático comprende “todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años, tales como: los sitios, estructuras, edificios, objetos y restos humanos, junto a su contexto arqueológico y natural; los buques, aeronaves, otros medios de transporte o cualquier parte de ellos, su cargamento u otro contenido, junto con su contexto arqueológico y natural. Los objetos de carácter prehistórico".
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