Convocatoria 2019
Con efectos de 1 de junio de 2020, por la disposición derogatoria única. 2 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, y desde esa fecha, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, según determina el art. 9 del citado Real Decreto. (BOE núm. 145, de 23/05/2020)
Nueva fecha límite para el desarrollo de las actividades subvencionadas: 15 de octubre de 2020
Nueva fecha límite para presentar la justificación: 15 de enero de 2021
Fomentar y promover actividades y programas de difusión del libro, la lectura y de las letras españolas y promover la cultura común española.
De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes se realizarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica.
Para cualquier duda sobre la presentación de la solicitud, escribir al correo promocion.lectura@cultura.gob.es Salto de línea
Para cualquier incidencia técnica en la sede electrónica, escribir al correo soporte.sede.sec@cultura.gob.es
ATENCIÓN: Se publica Corrección de errores de la Resolución de subsanación, y nuevos listados.
Nota importante: Todos los documentos se deben presentar:
Propuesta de resolución provisional
Nota importante: las alegaciones se deben presentar:
Resolución de cierre de plazo para la presentación de documentación
Fecha de finalización de plazo: 28 de octubre de 2019