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Fundaciones. Protectorado. Remisión de las cuentas anuales

Acceso ao servizo en liña Prazo de presentación de solicitudes:ABERTO PERMANENTEMENTE

Índice

Información xeral

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Descrición

Las cuentas anuales serán aprobadas por el Patronato en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio, sin que pueda delegarse esta función en otros órganos de la Fundación.

Destinatarios

Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de competencia estatal, excepto las bancarias.

Máis Información

Normativa de referencia:

  • Ley 50/ 2002, de Fundaciones: art. 25
  • Real Decreto 1337/2005, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal: art: 28.

Solicitude

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Prazo de presentación de solicitudes

Aberto permanentemente

Documentación

  • Certificación del acuerdo adoptado por el Patronato firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente.
  • Hoja de firmas.
  • Cuentas anuales.
  • Informe de auditoría en los supuestos contemplados en el artículo 25.5 de la Ley 50/2002.
  • Informe de códigos de conducta en inversiones temporales.

Presentación da solicitude

La presentación de planes de actuación debe realizarse rellenando los datos correspondientes en la Aplicación de cuentas y planes y posteriormente remitiendo al Protectorado los documentos generados, bien directamente a través de la misma Aplicación, bien a través de "Acceso al servicio online" en al parte superior de la ficha.

Máis información

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Contacto

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa

Información de SIA

  • Denominación do trámite: Fundaciones. Protectorado. Remisión de las cuentas anuales
  • Código: 055072
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