Bellas Artes en 1978

Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos. Organización, competencias y objetivos, Madrid, Ministerio de Cultura, 1979 Pulse para ampliar Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos. Organización, competencias y objetivos, Madrid, Ministerio de Cultura, 1979

En 1978 la mayor parte de competencias de la actual Dirección General de Bellas Artes las asume la entonces Dirección General de Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.También existe la Dirección General de Difusión Cultural, a cargo de Eduardo Ballester, que cumple diversas funciones de promoción de la cultura. Hasta entonces, la tutela del patrimonio cultural había dependido del Ministerio de Educación y Ciencia a través de la Dirección General del Patrimonio Artístico.

El Real Decreto 2.258/1977, de 27 de agosto, asigna a la nueva Dirección General las funciones de “protección, inventario, restauración e incremento y difusión del patrimonio histórico-artístico, arqueológico, paleontológico y etnológico; la conservación, exploración e incremento de la riqueza documental; el régimen jurídico de protección de la propiedad artística; y el cuidado, dotación, instalación, fomento y asesoramiento de los Museos y de las exposiciones”.

Por otra parte, sus objetivos en este primer momento están destinados, esencialmente, a resolver las carencias propias de una institución que busca adaptarse a los nuevos tiempos.

  1. Actualización legislativa en materia de patrimonio.
  2. Redacción del inventario monumental histórico-artístico.
  3. Incorporación a los archivos de los fondos documentales de la Administración.
  4. Adopción de una nueva política museística de apertura.
  5. Desarrollo del Plan de accesibilidad y difusión de los museos.
  6. Plan de seguridad y defensa de los museos.
  7. Ampliación de la política de exposiciones.
  8. Defensa y recuperación de bienes patrimoniales en el extranjero.
  9. Formación de un catálogo de yacimientos y monumentos arqueológicos.
  10. Afianzamiento y normalización de los cuerpos de la Administración con funciones específicas en materia de la Dirección General.

Fuentes:

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