Según el artículo 5 del Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso, las funciones del Consejo son:
- La promoción de la integración de los sistemas archivísticos de titularidad pública y archivos privados en el Sistema Español de Archivos.
- La elaboración de criterios uniformes para el desarrollo de los servicios archivísticos.
- La propuesta y promoción del desarrollo de políticas públicas, directrices y estrategias relativas a la administración de archivos y patrimonio documental, con especial atención a la implantación de las nuevas tecnologías en la gestión de los archivos.
- Informar los planes de cooperación archivística previstos en el articulo 4.3 letra a) y proceder a su seguimiento y, eventualmente, a la propuesta de su actualización.
- La promoción y el fomento de la formación profesional y el intercambio en el ámbito archivístico.
- El impulso de la cooperación internacional.Salto de línea