AUTORIZACIONES DE USO DE ESPACIOS
En aplicación de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, cualquier persona física o jurídica puede solicitar el uso de estos y otros posibles espacios del centro para desarrollar algún tipo de actividad (celebración de eventos, grabación de audiovisuales, etc.).
A la hora de solicitar el correspondiente permiso, hay que tener en cuenta varios elementos a considerar:
- La potestad para autorizar este tipo de solicitudes corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, según la normativa en materia de delegación de competencias dentro del Ministerio de Cultura y Deporte (actualmente, la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias .
- Los posibles costes derivados del uso privativo de espacios de la administración pública deberán atenerse a lo especificado en la Orden del Ministerio de Presidencia, de 18 de enero de 2000, por la que se establecen las tarifas de los servicios o actividades sujetas a la tasa por utilización de espacios en museos y otras instituciones culturales del Ministerio de Educación y Cultura , aunque estos podrán adaptarse según las contraprestaciones a favor del centro que se regulan en el artículo 61 de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público.
- Ver tarifas de cesión de espacios
- Modelo 990 para la liquidación de tasas
- Las solicitudes para usar los espacios del centro deberán presentarse con al menos un mes de antelación a la fecha prevista para que estas puedan ser tramitadas, valoradas y resueltas en tiempo y forma antes de la fecha de uso del espacio solicitado. En ese sentido, la presentación de una solicitud con muy poco tiempo de antelación puede ser motivo para denegar la autorización.
- Las solicitudes para usar espacios del Archivo durante más de 30 días no podrán tramitarse de forma ordinaria y precisarán una consulta previa a la Subdirección General de los Archivos Estatales.
Puede realizar su solicitud en: CULTURA - Ministerio de Cultura y Deporte (sede.gob.es) . En el apartado de Procedimientos - Archivos.
Si no fuera posible presentar la solicitud en soporte electrónico, por favor, contacte con el archivo y solicite el formulario correspondiente al objeto de que pueda presentar la solicitud firmada en papel en las oficinas públicas de registro de cualquier Administración Pública , en las oficinas de Correos, o en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, en aplicación del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.