El Archivo Histórico Nacional es un archivo de titularidad estatal, gestionado por el Ministerio de Cultura y dependiente de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes. Hoy con más de 40 km de estantería y una de las mejores colecciones de pergaminos medievales que se conservan, destaca por la amplitud de su arco cronológico, desde el año 687 hasta la actualidad, y por conservar testimonios documentales de todo el mundo.
Declarado Bien de Interés Cultural, contenido y continente, el Archivo Histórico Nacional se gestiona según la Ley 16/1985 de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español y el RD 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos y su Régimen de Acceso. Su misión es reunir, conservar y difundir el patrimonio histórico documental, incluido el digital, y servir de archivo histórico de la Administración General del Estado.
Ministerio de la Presidencia. «BOE» núm. 284, de 25 de noviembre de 2011 Referencia: BOE-A-2011-18541
Artículo 12. Archivos históricos.
2. El Archivo Histórico Nacional ejerce las funciones de archivo histórico de la Administración General del Estado. Las funciones del Archivo Histórico Nacional, como archivo histórico de la Administración General del Estado y dependiente del Ministerio de Cultura, son:
a) Conservar los documentos con valor histórico que le son transferidos desde el Archivo General de la Administración.
b) Aplicar programas de reproducción de documentos en soportes alternativos para garantizar la conservación de los documentos originales y fomentar su difusión.
c) Establecer y valorar las estrategias que se pueden aplicar para la conservación a largo plazo de los documentos y ficheros electrónicos recibidos, tales como procedimientos de emulación, migración y conversión de formatos.
d) Completar las descripciones elaboradas por el Archivo General de la Administración sobre las agrupaciones documentales recibidas, especialmente de las unidades documentales, conforme a las normas internacionales y nacionales de descripción archivística.
e) Impulsar programas de difusión y gestión cultural del patrimonio documental custodiado.
Jefatura del Estado«BOE» núm. 236, de 02 de octubre de 2015 - Referencia: BOE-A-2015-10565
Preámbulo: […]
A este respecto, cabe señalar que la creación de este archivo electrónico único resultará compatible con los diversos sistemas y redes de archivos en los términos previstos en la legislación vigente, y respetará el reparto de responsabilidades sobre la custodia o traspaso correspondiente. Asimismo, el archivo electrónico único resultará compatible con la continuidad del Archivo Histórico Nacional de acuerdo con lo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y su normativa de desarrollo.