Homologación del procedimiento de cómputo de los accesos remunerados a sus películas, a los efectos de su inclusión total o parcial en el cómputo global de espectadores de una película, a efectos del cálculo de las ayudas para la amortización de largometrajes.
Solicitantes: empresas con domicilio o establecimiento permanente en España que presten servicios que permitan el acceso y el visionado de películas cinematográficas a través de Internet o de otros sistemas de difusión basados en la demanda del espectador sobre una oferta contenida en un catálogo.
Forma de iniciación: a solicitud de interesado.
En la Sede Electrónica de Cultura en el Registro General de este Ministerio, o bien:
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro