Procedimiento de control de tarifas por la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual

Online zerbitzurako sarbidea Eskaerak aurkezteko epea:ETENGABE IREKITA

Aurkibidea

Informazio orokorra

Igo

Deskribapena

La Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual ejercerá su función de control velando por que las tarifas generales establecidas por las entidades de gestión en cumplimiento de sus obligaciones, sean equitativas y no discriminatorias, para lo que deberá valorar, entre otros aspectos, la aplicación de los criterios mínimos previstos en el artículo 157.1.b) en su determinación. En caso de apreciarse un incumplimiento de estas obligaciones, se comunicará esta circunstancia a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, a los efectos oportunos. El procedimiento de control relativo a las tarifas generales establecidas por las entidades de gestión, previsto en el apartado 4 del artículo 158 bis del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual se iniciará siempre de oficio por la Sección Primera.

Eskaera

Igo

Eskaerak aurkezteko epea

Etengabe irekita

Eskaeraren aurkezpena

Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro Nueva ventana

Informazio gehiago

Igo

Kontaktua

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa

SIA informazioa

  • Izapidearen izendapena: Control de tarifas por la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual
  • Kodea: 215211
Subir