La Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos funcionará en Pleno y en Comisión Permanente.
La Comisión Permanente estará presidida por el Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, que podrá delegar en el Vicepresidente, y estará integrada por:
a) El Subdirector General de los Archivos Estatales, que actuará como Vicepresidente.
b) El Director del Archivo General de la Administración.
c) El Abogado del Estado en representación de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
d) El representante en el Pleno del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, designado por su Presidente.
e) El representante en el Pleno de la Agencia Española de Protección de Datos, designado por su Director.
f) El representante en el Pleno de la Secretaría General de Administración Digital, nombrado por su Secretario General.
g) El representante en el Pleno de la Secretaría de Estado de Política Territorial, designado por su Secretario de Estado.
h) Hasta un máximo de dos vocales más, designados por el Pleno entre sus miembros.
Actuará como Secretario de la Comisión Permanente el funcionario que actúe como Secretario del Pleno de la Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos.
La CSCDA puede crear en su seno grupos de trabajo o subcomisiones, de carácter interdepartamental o interministerial, con la composición, funciones y objetivos que se acuerden.