Columna izquierda

Derecho de familia y Derecho Penal

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Derecho de familia

Las mujeres fueron incapacitadas civiles, menores de edad, durante prácticamente toda la dictadura. No podían compartir la patria potestad sobre sus propios hijos y sólo en 1958 se permitió a las viudas, gracias al activismo desarrollado por la abogada Mercedes Formica Nueva ventana, y ya en 1970, a las solteras. Si estaba casada no podía aceptar las herencias de sus padres sin el permiso de su marido, ni tampoco disponer de sus propios bienes. Sin licencia marital no podía abrir ningún negocio. Solamente al final de la dictadura, y en el contexto del Año Internacional de Mujer de 1975, se promulgó una ley que eliminó los preceptos discriminadores de las casadas. La dictadura reconocía que éstos habían tenido su explicación, pero las profundas transformaciones que había experimentado la sociedad hacen aconsejable una revisión del derecho de familia. La dictadura volvía a restaurar algunos de los derechos que la Segunda República había incorporado al ordenamiento jurídico, pero que fueron proscritos tras la victoria de Franco en 1939.

En 1961 promulgó una ley sobre derechos políticos profesionales y de trabajo de la mujer Nueva ventana. Se permitía que pudiesen acceder a cualquier empleo de la administración civil, excepto a la carrera judicial y fiscal que fue aceptada cuatro años más tarde. Se estableció también que podían establecer todo tipo de contratos laborales aunque necesitaba el permiso expreso del marido, si estaba casada. Una legislación que favoreció, sin lugar a dudas, el porcentaje de participación de las mujeres en la población activa que pasó de un 18 % en 1960 al 28 % en 1966.

Derecho Penal

En el orden penal, y sólo por poner un ejemplo, la violencia sexual era castigada si la conducta de la mujer no había sido recatada y pudorosa, o si la víctima era doncella. Los llamados derechos reproductivos les estaban prohibidos. La comercialización y uso de métodos anticonceptivos se castigaban pese a que un 45 por ciento de las españolas veían con buenos ojos su uso como se hacía en Alemania, receptora de familias españolas inmigrantes, donde la píldora era legal desde 1961. El aborto inducido estaba castigado severamente; entre las mujeres casadas la ley era implacable, y sólo en el caso de las solteras se atenuaba el delito si el propósito era ocultar su deshonra y la de sus padres. Por este motivo, las españolas, solas o con permiso marital para viajar, siempre que pudieran costeárselo, acudían al Reino Unido para abortar, dado que allí era legal desde 1967.

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