En el Boletín Oficial del Estado del día 15 de noviembre se ha publicado el R.D. 1164/2002, 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original. En desarrollo del artículo 55 de la Ley de Patrimonio Histórico Español, y con el fin de garantizar una adecuada conservación del patrimonio documental de la Administración General del Estado, este Real Decreto establece el procedimiento de eliminación de documentos de la Administración General del Estado y de los Organismos públicos vinculados o dependientes de ella y los requisitos para conservar documentos de la Administración General del Estado en un soporte distinto de aquél en el que fueron producidos originalmente. Las propuestas de eliminación, y, en su caso, de conservación en un soporte distinto del original, que serán elaboradas por el departamento u organismo responsable de los documentos, a través de sus respectivas Comisiones Calificadoras, deben incluir un estudio detallado de la documentación y ser sometidas al Dictamen de la Comisión Superior de Documentos Administrativos, adscrita a la Secretaría de Estado de Cultura a través de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.