Fundaciones. Protectorado. Autorización anual para la enajenación de valores cotizados

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Description

En el supuesto de títulos valores que formen parte de la dotación o estén directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales y coticen en un mercado secundario oficial, el Patronato podrá solicitar al Protectorado la autorización para enajenar en cualquier momento a lo largo del ejercicio los valores que se detallen en la solicitud o los que vengan a sustituirlos.

Recipients

Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de competencia estatal.

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Normativa de referencia:

  • Real Decreto1337/2005, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal: art. 20.Salto de línea

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Documentation

  • Certificación del acuerdo adoptado por el Patronato, firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente.
  • Relación de los valores.
  • En su caso, memoria justificativa relativa a las circunstancias del mercado que aconsejan que los valores no se enajenen a un precio superior al de adquisición.

Submission of application

Las solicitudes, escritos y comunicaciones deberán realizarse electrónicamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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Contact

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa

SIA Information

  • Procedure name: Fundaciones. Protectorado. Autorización anual para la enajenación de valores cotizados
  • Code: 995098
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