Se pone a disposición de las personas beneficiarias de la subvención a salas de exhibición cinematográfica para fomentar el acceso al cine de las personas de 65 o más años, los siguientes canales de comunicación, tanto para la recepción de la documentación correspondiente para la justificación de la actividad subvencionable como para atender las posibles dudas que surjan sobre los trámites a seguir para la justificación de la actividad subvencionable y su subsanación.