Las cuentas anuales serán aprobadas por el Patronato en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio, sin que pueda delegarse esta función en otros órganos de la Fundación.
Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de competencia estatal, excepto las bancarias.
Normativa de referencia:
La presentación de planes de actuación debe realizarse rellenando los datos correspondientes en la Aplicación de cuentas y planes y posteriormente remitiendo al Protectorado los documentos generados, bien directamente a través de la misma Aplicación, bien a través de "Acceso al servicio online" en al parte superior de la ficha.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa