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En 1559 se publicó en Valladolid el Cathalogus librorum, qui prohibentur mandato Illustrissimi & Reuerend. D.D. Ferdinandi de Valdes Hispalen. Archiepi, Inquisitoris Generalis Hispaniae, considerado el primer índice inquisitorial propiamente español, bajo la dirección de Fernando de Valdés, Arzobispo de Sevilla e Inquisidor General.
Los índices inquisitoriales son la herramienta de censura más importante y conocida de la historia de la cultura española, que se aplicaba sobre todos los dominios hispánicos. En ellos se recogían los autores y obras cuya lectura estaba prohibida:
Ordenamos, prohibimos, exhortamos y mandamos a todas y qualesquier personas de qualquier estado, orden, y dignidad que sean, vezinos y moradores y residentes en los dichos reynos y señoríos, que ninguno tenga ni lea libros de los contenidos en el dicho cathálogo que se manda imprimir, ni otro de author herege; y que se tenga relación que contiene en sí algún error, heregia o sospecha della; ni que ningún impressor, librero, mercader ni otra persona pueda ni traer a ellos, ni vender en ellos ninguno de los dichos libros reprobados heréticos, sospechosos y escandalosos so pena de sentencia de excomunión mayor latae sentenciae ipso facto que lo contrario hizieren, y de dozientos ducados de oro para los gastos del Sancto Oficio a cada uno que lo contrario hiziere, y que se procederá contra ellos como contra sospechosos contra nuestra Sancta Fee Cathólica.
Con esta publicación la Inquisición Española manifestaba su independencia respecto a los índices publicados por Roma. En los primeros índices se incluía una relación de autores, obras y ediciones cuya lectura estaba totalmente prohibida. A lo largo de los siglos siguientes serían más amplios y complejos y a partir de finales del siglo XVI se añade un índice de libros expurgados modalidad que permitía la circulación de determinados libros siempre y cuando se censuraran determinados pasajes: el libro no se prohibía íntegramente y un censor interviene tachando o cancelando partes concretas que se especificaban con total exactitud en el Índice.
El Cathalogus librorum de 1559
El Catalogus de 1559 contiene la prohibición de 698 obras y se organiza por lenguas: 431 obras en latín, 173 en castellano, 54 en flamenco, 15 en alemán, 11 en francés y 12 en portugués. Las obras se ordenaban por orden alfabético de título, o simplemente por la primera letra del párrafo. Entre los libros latinos prohibidos se incluyen varias ediciones de la Biblia, en un momento en el que su lectura e interpretación estaba dando lugar a la división de la Iglesia Católica. Para controlar esta misma cuestión, se prohíben todas las traducciones de la Biblia:
Biblia en nuestro vulgar o en otro qualquier traduzida en todo o en parte como no esté en hebraico, chaldeo, griego o latín.
Entre las obras en romance, entendiendo por romance el castellano, se incluyen diversas obras importantes de la literatura española como el Lazarillo de Tormes, el Diálogo de Mercurio y Carón de Alfonso de Valdés, la Égloga de Juan de la Encina, y obras de teatro (autos, comedias) de autores como Gil Vicente, Bartolomé Torres Naharro o Jaime de Huete. Algunas pequeñas obras prohibidas eran oraciones con connotaciones claramente mágicas: Oración de la Emparedada, Oración de San León Papa, Oración de San Cipriano...
Además de obras originales, incluye traducciones al castellano, como obras de Erasmo.
No sólo contiene una relación de obras sino que se añaden entremezcladas una serie de normas de aplicación general, como la prohibición de cualquier texto de las religiones judía o musulmana, además de libros de magia o escritos por autores contrarios a la religión católica:
Todos qualesquier libros scriptos en hebraico, o en otra vulgar lengua, que sean de la Ley Vieja, y libros de la secta de Mahoma scriptos en arábigo o en romance o en otra qualquier lengua vulgar. Y libros de nigromancia o para hacer cercos & invocaciones de demonios, que sepan manifiestamente a heregia; y otros qualesquier libros de qualquier condición o facultad que sean, fechos o traduzidos por autor herege, o que tengan proposición o proposiciones heréticas, erróneas o escandalosas o sospechosas contra nuestra fee catholica y contra aquello que tiene y enseña nuestra Madre Santa Yglesia de Roma; ni otro qualquier libro de mala o sospechosa doctrina o reprobado por la Madre Santa Yglesia.
Prohibe además los libros editados sin datos de identificación:
Libros en romance que no tengan título o que no tengan el nombre del autor o del impressor o del lugar donde fueron impressos.
Dos ediciones diferentes
En 1559 aparecen publicadas por el mismo editor dos ediciones de éste índice, Cathalogus librorum, qui prohibentur, una con 72 páginas (la que aquí presentamos) y otra con 56 páginas. Este ejemplar en concreto se conserva en la Biblioteca de Castilla-La Mancha / Biblioteca Pública del Estado en Toledo con la signatura signatura 3697, y presenta anotaciones muy curiosas relativas a la prohibición de las obras de fray Luis de Granada y de cómo esta prohibición se levantó en índices posteriores.
Éste índice y los índices sucesivos plasman el control ideológico y la censura ejercida durante siglos: determinaron la producción y circulación de los libros, con graves consecuencias para las bibliotecas públicas y privadas y tuvieron un impacto esencial en la cultura y sociedad españolas.
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