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Gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual

Autores y otros titulares pueden asociarse y crear entidades de gestión para una gestión más eficaz de sus derechos. Estas entidades, autorizadas por el Ministerio, facilitan el uso legítimo de obras y prestaciones a sus usuarios, mediante la concesión de licencias y autorizaciones. Otra figura para la gestion de los derechos de propiedad intelectual es la de los operadores de gestión independientes.

Entidades de Gestión Colectiva

Las entidades de gestión colectiva son organizaciones privadas de base asociativa y naturaleza no lucrativa que se dedican en nombre propio o ajeno a la gestión de derechos de propiedad intelectual de carácter patrimonial por cuenta de sus legítimos titulares. Se detallan en este apartado sus principales funciones.

Direcciones y tarifas de las entidades de gestión colectiva de la propiedad intelectual.

Pueden consultarse aquí las direcciones de las entidades de gestión, así como las tarifas generales vigentes que son aplicables a los usuarios que hacen uso de los derechos que estas entidades tienen encomendados para su gestión. El Ministerio no interviene en la fijación de dichas tarifas.

Informes de actividades y normas de reparto

Información sobre aspectos relevantes de la gestión de derechos de propiedad intelectual que llevan a cabo las entidades.

Operadores de gestión independiente

Los operadores de gestión independiente son entidades privadas con ánimo de lucro que se dedican a ejercer los derechos exclusivos de propiedad intelectual conferidos por sus titulares mediante contrato de gestión. Se detallan en este apartado sus principales funciones

Procedimientos acordados para la revisión del Informe Anual de Transparencia y otros

Las entidades de gestión deben someter a la revisión de sus auditores el cumplimiento de determinadas obligaciones impuestas por la ley. En este apartado se difunden los procedimientos que deben utilizar los auditores para realizar dichas revisiones.

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