Ud está aquí:
  1. Inicio
  2. Áreas
  3. Bibliotecas
  4. 2020
  5. Orden del Ministerio de Sanidad con las condiciones para la reapertura al público de las bibliotecas en la FASE 1

Orden del Ministerio de Sanidad con las condiciones para la reapertura al público de las bibliotecas en la FASE 1

09/05/2020

Interior de la Biblioteca Pública del Estado en Cantabria

El BOE ha publicado esta mañana la Orden del Ministerio de Sanidad con las condiciones para la reapertura al público de las bibliotecas en la FASE 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

El capítulo VIII detalla las condiciones para la reapertura al público:

  • Podrá procederse a la apertura de las bibliotecas, tanto de titularidad pública como privada para las actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala, así como para información bibliográfica y bibliotecaria.
  • No podrán llevarse a cabo actividades culturales, actividades de estudio en sala o de préstamo interbibliotecario, así como cualquier otro servicio destinado al público distinto de los mencionados en el párrafo anterior.
  • Asimismo, no se podrá hacer uso de los ordenadores y medios informáticos de las bibliotecas destinados para el uso público de los ciudadanos, así como de catálogos de acceso público en línea o catálogos en fichas de la biblioteca.
  • No obstante lo previsto en el apartado anterior, en la Biblioteca Nacional de España y en las bibliotecas especializadas o con fondos antiguos, únicos, especiales o excluidos de préstamo domiciliario por cualquier motivo, se podrá permitir la consulta de publicaciones excluidas de préstamo domiciliario con reducción de aforo y sólo en los casos en que se considere necesario.
  • Las obras serán solicitadas por los usuarios y proporcionadas por el personal de la biblioteca.
  • Una vez consultadas, se depositarán en un lugar apartado y separadas entre sí durante al menos catorce días.
  • Las colecciones en libre acceso permanecerán cerradas al público.

La orden detalla también las Medidas de higiene y/o de prevención en las bibliotecas, así como las Medidas de información.

En el siguiente enlace se puede consultar la Orden en su totalidad: Orden del Ministerio de Sanidad Nueva ventana

Subir