Servicios al ciudadano
El ciudadano puede presentar las quejas y sugerencias relacionadas con los diferentes grados de satisfacción en los servicios y las iniciativas para mejorar su calidad, en aplicación de los programas de calidad previstos en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio , por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado y de la “Guía para la gestión de quejas y sugerencias del INAEM” aprobada mediante Resolución de 23 de febrero de 2024, por la Directora General del INAEM.
Los formularios normalizados de quejas y sugerencias se encuentran disponibles en las distintas Unidades del Organismo y en la parte inferior de esta página en versión descargable.
Podrán presentarse en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
Las personas que hayan formulado alguna iniciativa de las previstas en este apartado recibirán respuesta, a través del medio que indiquen en la formulación de sus quejas o sugerencias, por parte de la Unidad Responsable de la misma, en el plazo de 20 días hábiles desde su recepción por ésta.
El transcurso de dicho plazo podrá suspenderse en el caso de que deba requerirse al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la queja o sugerencia.
Si transcurrido el plazo establecido desde su presentación no se hubiera obtenido respuesta alguna, la persona interesada podrá dirigirse a la Inspección General de Servicios del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey nº 1-3ª planta, 28004-Madrid / Correo electrónico: igs@cultura.gob.es).
Las quejas o sugerencias no tienen carácter de recurso administrativo, ni su presentación interrumpe los plazos para recurrir establecidos en la normativa vigente, de forma que no determinarán, en modo alguno, la renuncia al ejercicio de cualesquiera otros derechos y acciones por parte de los ciudadanos.