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Presentación de solicitudes

Las formas de presentación de solicitudes que van a continuación son válidas únicamente para las solicitudes de inscripción que se presenten en el Registro Central, a través de las Oficinas Provinciales que dependen de él.

No se puede presentar solicitudes directamente en el Registro Central. Las solicitudes de la Comunidad de Madrid se presentarán en el Registro Territorial de la Comunidad de Madrid Nueva ventana.

Cada Registro Territorial tiene sus propias instrucciones de presentación de solicitudes. Si desea presentar su solicitud en un Registro Territorial, deberá informarse sobre la forma de hacerlo poniéndose en contacto con dicho Registro Territorial Nueva ventana.

Salto de línea 1. Solicitudes presenciales

Las solicitudes de inscripción se presentan aportando:

  1. Los impresos oficiales de solicitud de inscripción.
  2. El ejemplar de la obra, actuación o producción, en la forma y modo indicados en los impresos oficiales.
  3. La documentación, que según los casos, se requiera en virtud de la legislación vigente.
  4. Justificante del abono de la tasa correspondiente. El pago se efectúa previa liquidación que efectúa el Registro en el impreso oficial.

En la página ¿Cómo solicitar el registro de una obra? Nueva ventana se inclyen los distintos tipos de obras que se pueden inscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual y se describen los formularios a utilizar y la documentación a aportar para solicititar la inscripción de cada uno de ellos.

Las solicitudes de inscripción, adjuntando los documentos indicados, pueden presentarse en las Oficinas del Registro de la Propiedad Intelectual Nueva ventana existentes en todas las Capitales de Provincia y en otras localidades, así como en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Salto de línea 2. Solicitudes presentadas en el extranjero

Para información sobre cómo presentar desde el extranjero una solicitud de inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual puede dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: info.rpi@cultura.gob.es e-mail

Salto de línea 3. Solicitudes telemáticas

Mediante la aplicación telemática RePI Sede, disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, se puede realizar todo el proceso de solictud de inscripción a través de internet.

Se puede acceder a esta opción a través de Cl@ve Nueva ventana. Puede utilizar asimismo un certificado eléctronico que la Administración General del Estado considere válido Nueva ventana.

Más información en el apartado Solicitud telemática Nueva ventana.

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Salto de línea Requisitos en supuestos especiales

Requisitos de las solicitudes en supuestos especiales presentadas en el Registro Central.

Obras compuestas y derivadas

En los supuestos de obras compuestas (obra nueva que incorpora otra obra preexistente sin la colaboración del autor de esta última) y obras derivadas (obra creada mediante la transformación de una obra de otro autor), se hará constar el nombre y apellidos del autor o coautores de la obra preexistente y se aportará su autorización, que puede otorgarse en documento público o en documento privado, con firma legitimada por notario o por funcionario público del Registro.

Obras colectivas

En las obras que, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Propiedad Intelectual, tienen consideración de obras colectivas, se deberá aportar la siguiente documentación:

  • Nombre y apellidos o denominación de la persona natural o jurídica, bajo cuya iniciativa y coordinación ha sido creada, editada y divulgada.
  • Acta de manifestación de la misma persona en la que declare que la obra cuya inscripción de derechos se solicita tiene el carácter de colectiva.
  • Certificado de constitución del Depósito Legal.
  • Ejemplar de la obra ya editado, tal y como ha sido puesta a disposición del público.
  • En el caso de que se identifiquen en la obra editada a las personas naturales que hayan creado la obra como autores, se hará constar su nombre y apellidos y su DNI, así como sus respectivas contribuciones, si aparecen identificadas en la obra.
  • En los casos en que el titular sea una persona jurídica, acreditación de la personalidad mediante la aportación de copia compulsada de la escritura de constitución y del poder del representante legal de la misma.
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