1.º Se indicará el género musical de la composición.Salto de línea 2.º También se hará constar el número de compases y la duración aproximada.Salto de línea 3.º Se indicará la plantilla instrumental y vocal, en su caso, de la obra.Salto de línea 4.º Se entregará un ejemplar de su partitura.
La inscripción de este tipo de derechos devenga las tasas que establece el artículo 20 de la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, en la redacción dada al mismo por la disposición adicional 5ª de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Mediante la aplicación telemática RePI , disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, se puede realizar a través de internet todo el proceso de solictud de primera inscripción.
Para utilizar esta opción puede acceder con un certificado eléctronico que la Administración General del Estado considere válido o con Cl@ve.
También es posible presentar la solicitud en las oficinas provinciales del Registro.
Los modelos de solicitud están disponibles en las propias oficinas y en internet en formato PDF cumplimentable.
Para la primera inscripción de derechos de composiciones musicales se deben utilizar los siguientes modelos de solicitud:
Cuando se desee realizar una primera inscripción con transmisión de derechos se utilizarán los siguientes modelos:
Dispone de los siguentes Modelos auxiliares para presentar con las solicitudes cuando se requiera su aportación: