Se incluirá en su caso, número de depósito legal.
Se acompañará a la solicitud un ejemplar de de la producción editorial.
La inscripción de este tipo de derechos devenga las tasas que establece el artículo 20 de la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, en la redacción dada al mismo por la disposición adicional 5ª de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Mediante la aplicación telemática RePI , disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, se puede realizar todo el proceso de solictud de inscripción a través de internet.
Para utilizar esta opción puede acceder con un certificado eléctronico que la Administración General del Estado considere válido o con Cl@ve.
También es posible presentar la solicitud en las oficinas provinciales del Registro.
Los modelos de solicitud están disponibles en las propias oficinas y en internet en formato PDF cumplimentable.
Para la primera inscripción de derechos de obras literarias se deben utilizar los siguientes modelos de solicitud:
Modelos auxiliares:
Dispone de los siguentes Modelos auxiliares para presentar con las solicitudes cuando se requiera su aportación: