Los museos se asocian desde siempre a los objetos; a veces, con cierto sentido crítico o despectivo. Quizás por esta causa se han ido produciendo, desde hace tiempo, intentos de "lavar la cara" a la terminología. Mientras que en los primeros estatutos del ICOM de 1951 se utilizaba la expresión "colecciones de objetos", en 1974 se prefería la de "testimonios materiales del hombre", que no acaba de arreglar totalmente el panorama (Ll. Prats, 1997: 14 y nota 13, en p. 36 y J.-P. Digard, 1979: 74). Posteriores normativas han derivado hacia el concepto de "patrimonio cultural" y, por lo que al tipo de colecciones que presentamos respecta, hacia los de patrimonio etnográfico y/o etnológico, cultura popular y tradicional -en la Recomendación sobre la salvaguarda de la cultura tradicional y popular- o "patrimonio cultural inmaterial" -en la Convención para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial-, dictadas ambas por la UNESCO en 1989 y 2003, respectivamente. Mientras que en la primera recomendación el contenido se escora hacia lo que antes se llamaba "folklore" (término que aparece citado de manera expresa), más vinculado a la tradición oral que a otros ámbitos (aunque se mencionan "la artesanía, la arquitectura y otras artes"), en la Convención de 2003 se recurre a algo que en castellano chirría bastante, ya que el patrimonio "inmaterial", que incluye los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, también engloba los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que se les asocian. En ambos casos se recomienda que estos bienes se recojan, tras un estudio previo, en centros de investigación y/o museos para salvaguardar su carácter de documento humano.