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Políticas y legislación de la UE relevantes para el Programa CERV

En esta página se recogen las principales políticas y prioridades de la Unión Europea a las que responden las distintas convocatorias del Programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores (CERV), así como la legislación más importante que se debe respetar y reflejar en los proyectos.

Por un lado, el CERV se basa en los artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión Europea. El artículo 2, el más relevante para el Programa, se desarolla a continuación:

La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres;

Asimismo, el CERV tiene como objetivo que se conozca, se respete y se aplique la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE en todos su ámbitos y, concretamente, su artículo 21 sobre la no discriminación:

1. Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.

Además, las distintas convocatorias del Programa responden a una o más políticas recogidas aquí, así como a otras prioridades específicas. Es muy importante conocer estas políticas e incorporarlas desde el inicio al diseño de las propuestas que se vayan a presentar a las convocatorias del Programa CERV:

Por último, en esta lista de comprobación para solicitantes, la Comisión Europea plantea las cuestiones que hay que tener en cuenta para poder evaluar si el proyecto CERV y las organizaciones participantes se adhieren a los valores europeos.

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