Por acuerdo de 9 de junio de 2025 de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, se amplían en un mes, los plazos para resolver los siguientes procedimientos: calificación de películas por grupos de edad; obtención del certificado de nacionalidad, del certificado cultural; aprobación de coproducciones internacionales e inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas
Objeto: aprobación de proyectos de coproducción de películas cinematográficas y otras obras audiovisuales realizadas con empresas extranjeras.
Solicitantes: empresas productoras.
Forma de iniciación: a solicitud de interesado.
Plazo de inicio: para las coproducciones técnico-artísticas la solicitud debe realizarse antes del inicio del rodaje de la película cinematográfica o de la obra audiovisual. Las solicitudes presentadas después de haber iniciado dicho rodaje serán desestimadas. En el caso de coproducciones estrictamente financieras se podrá solicitar con el rodaje iniciado o finalizado, pero siempre antes de la solicitud de la calificación y nacionalidad de la obra y será necesario, además que se admita la aprobación en estos mismos términos por el país o países coproductores.
Lugar de presentación: en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura (con certificado digital)
Órgano que resuelve: Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
Plazo de resolución: máximo de 2 meses desde la presentación de la solicitud.
Recursos: Reposición y Contencioso-Administrativo.
Normativa:
Documentación a presentar: