El historiador Miguel José Rodríguez Álvarez define la brujería como “las tradiciones locales, continuas, que creen en la existencia de algunas personas (individuos marginados como ancianas solitarias, viudas o mendigos) con poderes maléficos, pero que carecen de una cobertura mitológica de importancia y en las que el pacto con el demonio no es necesario”. En Europa, las brujas, figuras cargadas de misterio y poder, se convirtieron en el centro de toda una paranoia colectiva que superó con creces el la Edad Media.
Las brujas eran percibidas como personas capaces de provocar desgracias mediante pactos con fuerzas demoníacas o maleficios. Cualquier tragedia inexplicable (desde la muerte de un niño hasta enfermedades repentinas) podía atribuirse a sus influencias. Este temor, avivado por rumores y hostilidades vecinales, hacía que una mujer señalada como bruja o hechicera fuera sometida a procesos judiciales, tanto inquisitoriales como civiles, que buscaban formalizar la superstición en acusaciones concretas. Así, en documentos judiciales se recopilan estos testimonios que reflejan una sociedad marcada por el miedo a lo sobrenatural y por el temor a lo desconocido.
En un oscuro rincón de la historia, en el año 1549, en la villa de Horcajuelo (actual Horcajuelo de la Sierra) resonaban testimonios escalofriantes que revelaban la atmósfera de temor que reinaba entre los vecinos. Bajo la sospecha de brujería, testigos locales respondieron a las preguntas del corregidor de la villa de Buitrago, el licenciado Roa, a quien se había encomendado el seguimiento del caso. La acusaciones y rumores son explicitas en las preguntas formuladas: “¿Hay en este lugar algún hechicero o hechicera, bruja o brujo?”
Varios vecinos relataron los recientes y escalofriantes sucesos ocurridos en esta villa. El primero de ellos fue Ramiro Montero que declaró que era “publica voz y fama” que la viuda María González y sus parientes eran brujas. Narró como, tras una disputa con la esposa de Miguel Sanz de Vacas, el hijo de ésta apareció muerto, con signos de ahogamiento y marcas en su cuerpo. Se alimentaba así la sospecha de brujería sobre María. Además, mencionó una noche en que la madre de María (calificada también como bruja) habría intentado ahogar a otra criatura en la fragua del pueblo, pero fue descubierta. Por último, recordó otro incidente en que la “criatura” de Marcos Hernández fue hallada quemada por “unas ascuas”, poco después de que amenazara a María.
Por su parte, Blasco Hernández, vecino de Horcajuelo y segundo testigo en el juicio contra María González, también confirmo ser “pública voz y fama” de que ésta era bruja. Blasco relató que había escuchado rumores de la maldición lanzada por María hacia la esposa de Miguel Sanz de Vacas, tras negarse está a prestarle unas calzas. Poco después de esta amenaza, el bebé de la esposa de Miguel fue encontrada “pecilgado [con marcas de pellizcos] que daba lástima verlo”. Blasco Hernández también relató el terrible suceso del hijo de Marcos Hernández, que fue hallado “en las ascuas”.
Parecía que las autoridades de Horcajuelo ya tenían claro lo que había sucedido en este oscuro episodio de la villa, pero la confesión ante los susurros y acusaciones de la supuesta bruja María, viuda de Benito, y vecina de la villa, que estaba presa, cambió la imagen que se tenía de lo sucedido. María declaró que “ha oído decir que hay brujas e que también Hernanz Martín vecino de Horcajuelo, vecino de esta confensante la llamó bruja” y también “María de Lucas Martín la llamó bruja”. Le preguntaron sobre las criaturas ahogadas, pero ella se defendió alegando que “es verdad que mataron las criaturas, y que si se ahogaron o no que esta declarante no lo sabe, más de que estuvo en sus enterramientos”.
La primera conclusión de este oscuro episodio de la historia de la villa fue la condena a María: “Fallo que debo de mandar y mando poner a estrecha cuestión de tormento en la forma y manera acostumbrada, a la dicha Mari González, de toca y agua a mi arbitrio y parecer, considerada la edad y complexión de la dicha Mari González, hasta que por su boca realmente confiese el delito de que es acusada” a la espera de la sentencia definitiva.
El documento presentado (OSUNA,C.2856) se conserva en el Archivo Histórico de la Nobleza, en el archivo de los duques del Infantado perteneciente al fondo del ducado de Osuna.
Por estas preguntas se han examinado los testigos que fueron tomados por mí, el licenciado Roa, corregidor en esta villa de Buitrago.
VI [pregunta]) Si saben que haya en este lugar algún pecado público -escandaloso al pueblo- de herejía, o si hay algún hechicero o hechicera, ensalmador o ensalmadora, bruja o brujo. Y si hay algunos amancebados o algún hombre que no haga vida con su mujer. Y si hay algún hombre que haya muerto a otro o injuriado gravemente y, por miedo de alguna persona, no osa pedir su justicia. Y si saben si hay algún ladrón o ladrona, alcahuete o alcahueta. E si saben que haya algunos jugadores que jueguen a los naipes o dados en más cantidad que la pragmática manda, e si hay alguna persona que haya dicho alguna blasfemia contra Dios Nuestro Señor diciendo "por vida de Dios" o "pese a Dios" o "no creo en Dios" o otras palabras semejantes.
Testigo 1:
El dicho Ramiro Montero vecino de Horcajuelo, testigo jurado, etc. Preguntado por las preguntas del interrogatorio dijo lo siguiente:
(VI) A la sexta pregunta dijo que lo que desta pregunta sabe que es pública voz y fama y se dice públicamente en este lugar, [es] cómo hay brujas, y son parientas unas de otras las que dicen que son brujas. Y que ha oído decir que solamente dicen que es bruja María, viuda mujer de Benito Hernández, difunto, y que una vez amenazó -a lo que este testigo a oído decir públicamente- a la mujer de Miguel Sanz de Vacas porque le envió a pedir unas calzas prestadas. Y al cabo de pocos días decían que le habían ahogado un niño [las] brujas. E sabe este testigo e vio cómo de casa de Miguel Sanz de Vacas llamaron a este testigo ...
... (porque eran vecinos) y le dijo la madre de este testigo, cuando volvió a su casa, que estaba el niño ahogado y todo pecilgado [pellizcado], que era lástima de verle. Y sabe que la madre de la dicha María de Benito Hernández decía que (ésta en Villacorta, tierra de Ayllon) asimismo era bruja.
Y que, asimismo, ha oído decir a una mujer de Pedro Sanz Herrero cómo estando en la fragua de este pueblo de estancia, que una noche había venido la madre de la dicha María, mujer del dicho Benito Hernanz, a ahogarla [a] una criatura. E que estaba ella dormida e no se le acuerda a este testigo si le dijo que venía su marido de fuera o si estaba con ella, e que su marido le dio tres o cuatro bofetones para que despertase, y que ella decía que en todo este tiempo no había sentido nada y que el dicho Pedro Sanz, su marido, había dado voces tenido asida a la dicha madre de la dicha María, mujer del dicho Benito Hernández, y que había venido a las voces que tenía Andres Ramirez de la Plaza, su marido, que es vivo, e este testigo ha oido decir a la dicha mujer del dicho Pedro Sanz herrero que la dicha madre de la dicha María de Benito Hernández le había hecho juramento que nunca en los días de su vida tocaría sus cosas suyas e que ansí la soltó. E que ansí ha oído decir este testigo que la dicha María, mujer del dicho Benito Hernández, que amenazó a la mujer de Marcos Hernández difunto, no se acuerda sobre qué. Y desde ha poco, este testigo oyó decir que la dicha mujer del dicho Benito Hernández había dejado una criatura en un poyo cerca de la lumbre y que la criatura no tenía edad para quitarse de donde estaba ...
...Y oyó decir este testigo que había hallado la madre las envolturas en el poyo donde estaba la criatura y a la criatura muerta encima del fuego, en las brasas y quemado medio lado. Y esto sabe de la pregunta, y lo demás en ella contenido dijo que no los sabe.
Testigo 2:
El dicho Blasco Hernández vecino de Horcajuelo testigo jurado e preguntado:
(6) en la sexta pregunta dijo: que este testigo ha oido decir por pública voz y fama que María la Inesa mujer de Benito Hernández es bruja, y que esto que lo oyó decir de diez años a esta parte. Y esto sabe y tiene sospecha porque los días pasados -sabe este testigo- que la dicha María amenazó a la dicha mujer de Miguel Sanz de Vacas porque no le quiso dar cierta cosa que le pidió y así lo oyó decir. E que al cabo de ciertos días se halló una criatura que criaba la dicha [mujer] de Miguel Sanz de Vacas ,que estaba llena de pecilgos que era lástima. Y que oyó decir públicamente que a la de Marcos Hernanz, que criaba una criatura, la habían hallado en las ascuas. Y que ha oído decir que la han llamado bruja y no se le da nada. Y esto sabe y ha oido decir, que no sabe otra cosa.
Confesión (17-08-1549)
En la villa de Buitrago a diez y siete días del mes de agosto de mil y quinientos y quarenta y nueve años. El muy noble señor Hernández Gutiérrez del Rayo, teniente de corregidores en la dicha villa, fue a la visitación de la cárcel donde halló presa a María, mujer de Benito Hernández, difunto, vecina de Horcajuelo, de la cual su merced recibió juramento en forma debida de derecho por Dios nuestro señor y por las palabras...
...de los santos Evangelios y por una Señal de Cruz a tal como ésta † en que corporalmente puso su mano derecha, que dirá verdad de lo que supiere y su merced le preguntare, y que si la verdad dijere, Dios nuestro señor la ayude en este mundo al cuerpo y en el otro al ánima donde más había de durar. Y si al contrario jurare e dijere que Él se lo demande mal y caramente como aquel que jura y perjura jurando el santo nombre de Dios en vano y a la fuerza y confesión del dicho juramento dijo “Si, juro” y “amen” y prometió de decir verdad y lo que declaró es lo siguiente: testigos que fueron presentes y la vieron jurar: Pascual González, vecino de Horcajuleo, y Esteban Pérez, vecino de Horcajuelo.
Y luego su merced del dicho señor juez le hizo las preguntas siguientes:
Fue preguntada que si ha oído decir en el dicho lugar Horcajuelo o en otras partes que hay brujas y si ha oído decir a alguna persona, así riñendo como en otra manera, que esta confesante era bruja y que sobre ello nunca ha denunciado querella ante la justicia.
Declaró que ha oído decir que hay brujas y que también Hernán Martín, vecino de Horcajuelo, vecino de esta confensante, la llamó bruja a esta confensante, y que [ésta] dio queja y que después la rogaron y [ella] se descendió de la queja. Y que también María de Lucas Martín la llamó bruja y que no quejó della.
Fue preguntada si sabe que se han ahogado muchas criaturas en el lugar de Horcajuelo, especialmente una criatura de Miguel Sanz de Vacas y otra de Marcos Hernández, vecinos de Horcajuelo, y otra Blasco Hernández y otra de...
...Juan Martin de Madaros. Declaró que es verdad que mataron las criaturas y que, si se ahogaron o no, que esta declarante no lo sabe, mas de que estuvo en sus enterramientos.
Fue preguntada que, al tiempo que murieron estas criaturas o alguna de ellas, oyó decir o supo que dijeron algunos padres o madres de las dichas criaturas o parientes u otras personas “esta bruja hechicera de la de Benito Hernández me ha muerto o ha muerto estas criaturas.”
Declaró que nunca tal persona le dijo tal cosa de lo contenido en esta pregunta, ni ella lo dijo.
Fue preguntada: que si sobre esto de brujas o hechiceras fue citada o llamada para ante el visitador y si le fue a hablar sobre ello, y si se lo dijo el dicho visitador que tenía información que era bruja. Declaró que nunca la llamaron ni fue citada por el visitador ni pasó cosa de ello contenido con la pregunta.
Fue preguntada: si sabe de alguna bruja o brujo o hechicera que haya en el dicho lugar o en otras partes. Declaró que no lo sabe y esta es la verdad para el juramento que hizo, y no firmó porque no supo escribir. Y después de lo susodicho este dicho día mes e año susodichos, ante el dicho señor juez, estando presente la dicha María Gonzalez, pide a su merced la mande soltar de la prisión en que está, que ella está presta de dar fianzas legales llanas y abonadas y pidió justicia. Testigos: Hernando de Herrera; Francisco de Sosa, vecinos de Buitrago.
Sentencia (Buitrago. 1-3-1550)
Fallo que debo de mandar y mando poner a estrecha cuestión de tormento en la forma y manera acostumbrada, a la dicha Mari González, de toca y agua a mi arbitrio y parecer, considerada la edad y complexión de la dicha Mari González hasta que por su boca realmente confiese el delito de que es acusada y declare todo lo al dicho delito anejo, y perteneciente. Y que declare qué más brujas haya en esta jurisdicción o fuera de ella y qué criaturas y otras personas, hombres o mujeres, hayan muerto o hecho otros maleficios maléficos. Esto, atento los indicios y conjeturas que de este proceso resultan contra la dicha Mari González y por ser el delito de tal calidad que es difícil su probación ocular, reservo en mi la punición y castigo deste proceso para lo sentenciar definitivamente con lo que ansí deliberare y por esta misma ansí lo pronuncio y mando. El licenciado Roja.
Texto y transcripción:
Paloma Videgain Barranco. Becaria Formarte 2023-2024.
Ismael Mora Oliva. Técnico auxiliar de archivos.