En materia retributiva está vigente lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. Todos los funcionarios perciben, al menos, los siguientes complementos retributivos:
La Secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos incluye información relativa a las retribuciones del personal funcionario, que se fijan anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en su página web.
Teniendo en cuenta los puestos iniciales asignados en los nombramientos correspondientes a las últimas convocatorias y la información publicada por la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos para el año 2024, los salarios brutos iniciales para cada uno de los Cuerpos especiales del Ministerio de Cultura serían:
Sueldo Base | Complemento de Destino | Complemento Específico | Total | |
---|---|---|---|---|
A1 (nivel 24) - Facultativos |
17.560,44 € |
9.764,02 € |
7.261,38 € |
34.585,84 € |
A2 (nivel 20) - Ayudantes |
15.441,76 € |
7.365,26 € |
5.471,90 € |
28.278,92 € |
C1 (nivel 16) - Auxiliares |
11.826,64 € |
5.861,66 € |
4.293,66 € |
21.981,96 € |