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Dudas sobre el Bono Cultural Joven

Bono Cultural

Resumen sobre consultas y dudas frecuentes:

  • El pasado 22 de marzo de 2023 se publicó el Real Decreto que regula el funcionamiento del Bono Cultural Joven para el año en curso. El plazo de solicitud del Bono Cultural Joven para los nacidos en 2005 permanecerá abierto desde el 13 de junio hasta el 30 de septiembre. El proceso se realiza exclusivamente desde la web https://bonoculturajoven.gob.es Nueva ventana. Si es usted una entidad o empresa cultural, el plazo de solicitud de adhesión se mantiene abierto.
  • Si usted es una persona nacida en 2005, y está interesada en solicitar el Bono Cultural Joven 2023, le recordamos que ha de obtener alguno de los identificadores electrónicos necesarios para realizar la solicitud:
  • Si recibió la notificación de concesión del Bono Cultural Joven 2022, pero no ha recibido la tarjeta, revise los datos que indicó en la solicitud. Si estos son incorrectos puede modificarlos en su perfil personal, en la página web, en el apartado "Perfil / Rectificar datos". Necesitará Cl@ve con registro básico o avanzado, o Certificado digital.
  • Si es usted beneficiario, recuerde que es imprescindible adjuntar los tickets de sus compras, y que el Bono Cultural Joven solamente funciona en establecimientos, entidades y comercios culturales adheridos. Puede consultar las normas esenciales de funcionamiento en el siguiente enlace: https://bonoculturajoven.gob.es/faq.html
  • Si es usted beneficiario, y no puede adjuntar los tickets porque no se visualizan sus compras, conserve los tickets hasta que se solvente el problema que impide mostrar correctamente algunos movimientos.
  • Uso de la tarjeta del Bono. Consideraciones esenciales:
    • Recuerde que el Bono Cultural Joven solamente funciona en establecimientos adheridos. Compruebe antes de realizar una compra que el establecimiento y el producto o servicio cultural cumplen las normas reguladoras del Bono Cultural Joven. Puede encontrar el listado de entidades adheridas en la aplicación móvil o la web del Bono Cultural Joven.
    • Intentos repetidos de uso en establecimientos no adheridos implicarán el bloqueo la tarjeta, y el desbloqueo en ningún caso será automático, sino que se realizará única y exclusivamente tras revisar que no se ha realizado una compra no admitida.
    • En la aplicación del Bono Cultural Joven puede consultar el listado y el mapa de entidades adheridas, así como los saldos de las tarjetas y adjuntar los tickets de compra. En la aplicación de Correos Prepago puede consultar datos importantes sobre su tarjeta: número, CVV (código de seguridad) o PIN.
    • Las tarjetas para suscripciones a plataformas culturales sí son productos subvencionables, pero, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 del Real Decreto 210/2022 y Real Decreto 191/2023 (normativa reguladora del Bpno), entraría dentro de la categoría de “consumo digital” (letra c), no producto físico (letra b) aunque la compra se efectúe en una tienda física. Las entidades adheridas que no tengan TPV (terminal punto de venta) asociado a la categoría correcta (consumo digital) no podrán venderlo. De cara a los beneficiarios, solo podrán adquirir esas tarjetas de suscripción a plataformas culturales (musicales, audiovisuales, etc.), no de otro tipo, si el establecimiento de que se trate se las descuenta del wallet de consumo digital.

  • Subsanaciones:

    • Todas las subsanaciones hay que hacerlas a través de la propia página web del Bono Cultural.

    • Lo único que se admite a través de nuestro registro es el cambio de correo electrónico para aquellas personas que han perdido el acceso al que pusieron y necesitan una solicitud para tener constancia de este requerimiento.

    • La razón de ello es que el procedimiento para la concesión del Bono y de adhesión de las entidades es exclusivamente electrónico. Lo indican las normas reguladoras y las correspondientes órdenes ministeriales de convocatoria. Al ser un procedimiento especial, que ha establecido una regulación a este respecto, se aplica lo dispuesto en el art. 16.8 de la Ley 39/2015, que indica que “no se tendrán por presentados en el registro aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación”.

Para consultas generales del programa Bono Cultural Joven, sobre el procedimiento de concesión del bono o la forma de adhesión como entidad:

Teléfono: +34 917 40 67 93Salto de línea Correo electrónico: bcj@fnmt.esSalto de línea Horario de atención:Salto de línea De 8:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes laborables de ámbito nacional

Para consultas sobre el Uso de la tarjeta (activación, bloqueo, pérdida o no recepción de la tarjeta) o con Métodos de pago (compra de productos o servicios culturales):

BENEFICIARIOS NACIDOS EN 2004

Teléfono: +34 910 97 12 23Salto de línea Correo electrónico: bonoculturaljoven@correosprepago.esSalto de línea Horario de atención:Salto de línea De 8:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes laborables de ámbito nacional

BENEFICIARIOS NACIDOS EN 2005

Teléfono: +34 911 23 95 69Salto de línea Correo electrónico: bonocjoven2023@correosprepago.esSalto de línea Horario de atención:Salto de línea De 8:00 a 19:00 horas, de lunes a viernes laborables de ámbito nacional

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