Homologación a efectos del cómputo de accesos a una película a través de Internet y otras redes de comunicaciones electrónicas mediante sistemas basados en la demanda del espectador

Acceso al servicio online Plazo de presentación de solicitudes:ABIERTO PERMANENTEMENTE

Índice

Información general

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Descripción

Homologación del procedimiento de cómputo de los accesos remunerados a sus películas, a los efectos de su inclusión total o parcial en el cómputo global de espectadores de una película, a efectos del cálculo de las ayudas para la amortización de largometrajes.

Más Información

Solicitantes: empresas con domicilio o establecimiento permanente en España que presten servicios que permitan el acceso y el visionado de películas cinematográficas a través de Internet o de otros sistemas de difusión basados en la demanda del espectador sobre una oferta contenida en un catálogo.

Forma de iniciación: a solicitud de interesado.

Normativa

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Información

  • Orden CUL/1772/2011 BOE de 21 de junio, por la que se establecen los procedimientos para el cómputo de espectadores de las películas cinematográficas, así como las obligaciones, requisitos y funcionalidades técnicas de los programas informáticos a efectos del control de asistencia y rendimiento de las obras cinematográficas en las salas de exhibición.
  • LEY 55/2007 BOE de 28 de diciembre, del Cine (BOE 29-12-2007)
  • Real Decreto 1084/2015 BOE de 4 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine (BOE 05-12-2015)
  • Orden CUL/2834/2009 BOE de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento de coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las base reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (BOE 24-10-2009)

Solicitud

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Plazo de presentación de solicitudes

Abierto permanentemente

Documentación

  • Solicitud en modelo oficial.
  • Documentación que acredite la representación del solicitante.
  • Documentación que acredite la representación de la persona designada como responsable de la certificación del cómputo de espectadores.
  • Descripción detallada, acreditada documentalmente, de los mecanismos que permitan diferenciar entre los accesos mediante sistemas o medios de pago procesados por entidad con domicilio o establecimiento permanente en España, y los demás.

Presentación de la solicitud

En la Sede Electrónica de Cultura Sede en el Registro General de este Ministerio, o bien:

Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro Nueva ventana

Resolución definitiva

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Información

  • Órgano que resuelve: Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
  • Plazo de resolución: 4 meses desde la presentación de la solicitud.
  • Recursos: Reposición, en vía administrativa, y Contencioso-Administrativo, en sede judicial.

Más información

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Información de SIA

  • Denominación del trámite: Homologación a efectos del cómputo de accesos a una película a través de Internet y otras redes de comunicaciones electrónicas mediante sistemas basados en la demanda del espectador
  • Código: 998742
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