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Ayudas a la digitalización del patrimonio bibliográfico y su difusión y preservación mediante repositorios

Convocatoria 2019

Accés al servei en línia Termini de presentació de sol·licituds:FINALITZAT

Índex

Informació general

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Descripció

Ayudas para proyectos de digitalización, accesibilidad en línea y preservación digital de bienes que formen parte del Patrimonio Bibliográfico.

Bienes que formen parte del Patrimonio Bibliográfico, conforme a lo establecido en el artículo 50.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, o que gocen de un especial interés bibliográfico. Estos bienes han de estar en el dominio público o, en su caso, las entidades solicitantes de las ayudas han de poseer los derechos de explotación necesarios sobre los mismos.

Destinataris

  • Comunidades autónomas y organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas, así como universidades públicas españolas.
  • Entidades locales españolas y organismos y entidades con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de ellas.
  • Entidades privadas sin fines de lucro de nacionalidad española y reales academias.

Convocatòria

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Informació

Sol·licitud

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Termini de presentació de sol·licituds

  • Des de el 17 de Maig de 2019
  • Fins a el 17 de Juny de 2019
Termini de presentació de sol·licituds finalitzat

Documentació

Los requisitos y documentación para solicitar la ayuda se detallan en el apartado sexto de la convocatoria.

  • Todas las entidades deberán presentar, en documentos separados, la siguiente documentación:

Tarjeta de Identificación Fiscal con código electrónico.

Memoria del proyecto estructurada conforme a los apartados que se señalan en la convocatoria.

Relación de obras a digitalizar.

Opcionalmente, un plan de preservación digital.

  • Las entidades sin fines de lucro no pertenecientes al sector público deberán aportar escritura de inscripción en registro público o certificado acreditativo emitido por el correspondiente registro.
  • Las entidades sin fines de lucro y las reales academias deberán aportar documento acreditativo de que la persona que suscribe la solicitud ostenta actualmente la representación de la entidad, salvo solicitud tramitada por medio de certificado electrónico de representante de persona jurídica, que constituirá acreditación suficiente.
  • Con la presentación de la solicitud se declararán, en su caso, otras posibles subvenciones para el mismo proyecto y se firmará la declaración de que el material bibliográfico está en el dominio público o que se poseen derechos sobre él.

Presentació de la sol·licitud

La solicitud se presentará por el representante legal de la entidad exclusivamente a través de la sede electrónica

Acceso a la sede electrónica Sede

Vídeo de ayuda para la presentación de solicitudes Youtube

Tramitació

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Propuesta de resolución provisional

De acuerdo con el apartado decimocuarto de la convocatoria, las entidades que figuran en el anexo I deberán presentar los siguientes documentos:

El plazo para la aceptación de la ayuda finaliza el 14 de noviembre

IMPORTANTE: La documentación se presentará únicamente a través de la sede electrónica, mediante certificado electrónico de persona física a nombre del representante legal de la entidad o de persona jurídica a nombre de la entidad solicitante.

Resolució definitiva

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Informació

  • Resolución por la que se conceden las ayudas Arxiu PDF Data de publicació al web: 29-04-2020

    Plazo para la realización de la actividad subvencionada: A estos efectos, se informa que por aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 537/2020 de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con efectos 1 de junio se reanuda el computo de los plazos administrativos que habían quedado suspendidos.

Informació posterior a la resolució definitiva

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Justificación

La justificación de la ayuda y el cumplimiento de obligaciones se regulan en los apartados vigesimoprimero y vigesimosegundo de la convocatoria. Se presentará por quien actúe en nombre y representación del beneficiario a través de la sede electrónica.

Plazo de justificación de las ayudas: del 1 de marzo al 31 de mayo 2021.

No obstante, se comunica que la sede electrónica se encuentra abierta para aquellos beneficiarios que quieran aportar las justificaciones de proyectos ya terminados.

Més informació

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Informació de SIA

  • Denominació del tràmit: Ayudas a la digitalización del patrimonio bibliográfico y su difusión y preservación mediante repositorios
  • Codi: 991512
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