Convocatoria 2019
Ayudas para proyectos de digitalización, accesibilidad en línea y preservación digital de bienes que formen parte del Patrimonio Bibliográfico.
Bienes que formen parte del Patrimonio Bibliográfico, conforme a lo establecido en el artículo 50.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, o que gocen de un especial interés bibliográfico. Estos bienes han de estar en el dominio público o, en su caso, las entidades solicitantes de las ayudas han de poseer los derechos de explotación necesarios sobre los mismos.
Los requisitos y documentación para solicitar la ayuda se detallan en el apartado sexto de la convocatoria.
Tarjeta de Identificación Fiscal con código electrónico.
Memoria del proyecto estructurada conforme a los apartados que se señalan en la convocatoria.
Relación de obras a digitalizar.
Opcionalmente, un plan de preservación digital.
La solicitud se presentará por el representante legal de la entidad exclusivamente a través de la sede electrónica
De acuerdo con el apartado decimocuarto de la convocatoria, las entidades que figuran en el anexo I deberán presentar los siguientes documentos:
El plazo para la aceptación de la ayuda finaliza el 14 de noviembre
IMPORTANTE: La documentación se presentará únicamente a través de la sede electrónica, mediante certificado electrónico de persona física a nombre del representante legal de la entidad o de persona jurídica a nombre de la entidad solicitante.
Plazo para la realización de la actividad subvencionada: A estos efectos, se informa que por aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 537/2020 de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con efectos 1 de junio se reanuda el computo de los plazos administrativos que habían quedado suspendidos.
La justificación de la ayuda y el cumplimiento de obligaciones se regulan en los apartados vigesimoprimero y vigesimosegundo de la convocatoria. Se presentará por quien actúe en nombre y representación del beneficiario a través de la sede electrónica.
Plazo de justificación de las ayudas: del 1 de marzo al 31 de mayo 2021.
No obstante, se comunica que la sede electrónica se encuentra abierta para aquellos beneficiarios que quieran aportar las justificaciones de proyectos ya terminados.