Fundaciones. Protectorado. Remisión de las cuentas anuales

Accés al servei en línia Termini de presentació de sol·licituds:OBERT PERMANENTMENT

Índex

Informació general

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Descripció

Las cuentas anuales serán aprobadas por el Patronato en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio, sin que pueda delegarse esta función en otros órganos de la Fundación.

Destinataris

Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de competencia estatal, excepto las bancarias.

Més Informació

Normativa de referencia:

  • Ley 50/ 2002, de Fundaciones: art. 25
  • Real Decreto 1337/2005, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal: art: 28.

Sol·licitud

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Termini de presentació de sol·licituds

Obert permanentment

Documentació

  • Certificación del acuerdo adoptado por el Patronato firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente.
  • Hoja de firmas.
  • Cuentas anuales.
  • Informe de auditoría en los supuestos contemplados en el artículo 25.5 de la Ley 50/2002.
  • Informe de códigos de conducta en inversiones temporales.

Presentació de la sol·licitud

La presentación de planes de actuación debe realizarse rellenando los datos correspondientes en la Aplicación de cuentas y planes y posteriormente remitiendo al Protectorado los documentos generados, bien directamente a través de la misma Aplicación, bien a través de "Acceso al servicio online" en al parte superior de la ficha.

Més informació

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Contacte

Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa

Informació de SIA

  • Denominació del tràmit: Fundaciones. Protectorado. Remisión de las cuentas anuales
  • Codi: 055072
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