Convocatoria 2018
AVISO IMPORTANTE
Con efectos de 1 de junio de 2020, por la disposición derogatoria única. 2 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, y desde esa fecha, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, según determina el art. 9 del citado Real Decreto. (BOE núm. 145, de 23/05/2020). En virtud de lo anterior, el plazo ordinario para la edición de las obras finalizará el 8/09/2020 y para su justificación el 9/12/2020. En los casos en que se solicitó prórroga, el plazo para la edición finalizará el 9/06/2021 y para su justificación 8/9/2021.
Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la edición de libros
Ante cualquier problema técnico que no haya podido resolver, puede escribir a la dirección de correo electrónico soporte.sede.sec@mecd.es.
Las solicitudes se realizarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se accede a ellas a través del botón de "Acceso al servicio online" que se encuentra en la parte superior de esta página.
Plazo máximo de subsanación: 5 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución según la Orden de 23 de julio por la que se acuerda la tramitación de urgencia (último día 10 de septiembre).
Todos los documentos deben presentarse por la sede electrónica.
Nota importante: Todos los documentos se deben presentar:
A partir de 2017, la justificación se entregará a través de la sede electrónica a la que puede acceder a través del enlace en la parte superior de esta página "Acceso al servicio online".