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Salto de línea Tanto el Texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, como el Reglamento del Registro de la Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto 611/2023, de 11 de julio, atribuyen a dicho Registro la finalidad de realizar la inscripción o anotación de los derechos relativos a las obras, actuaciones o producciones protegidas por la legislación nacional y por los tratados internacionales ratificados por España en relación con la propiedad intelectual.
El citado Reglamento indica que la forma de garantizar la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual (en adelante, DPI) será a través de la puesta a disposición de la ciudadanía de los datos contenidos en los asientos registrales. De esta forma, su artículo 29 establece que “los asientos registrales serán públicos. Dicha publicidad tendrá lugar mediante certificación, con eficacia probatoria, del contenido de los asientos. También puede darse publicidad, con valor simplemente informativo, mediante nota simple o acceso informático”.
El cumplimiento de esta función de difusión o de facilitación del acceso a la información sobre derechos de propiedad intelectual por parte del Registro, se basa en una adecuada conservación de las obras depositadas, de forma que sea posible el fácil acceso a las mismas.
Con esta finalidad, el artículo 5 del Reglamento establece que corresponden al RCPI, entre otras, la función de archivo y la custodia de los documentos y materiales depositados. Junto a estos deberes se encuentra la obligación de la conservación de dichos materiales.
A lo largo de sus más de 170 años de historia, el Registro de la Propiedad Intelectual ha venido dando cumplimiento a lo establecido en la legislación vigente en cada momento histórico, en relación con la custodia y la conservación de la documentación y de los ejemplares identificativos de las obras que se registran:
Este empeño ha permitido la formación y conservación de un importante acervo de bienes que forman parte del Patrimonio Histórico español.
Para salvaguardar y difundir este legado cultural, el Registro Central de la Propiedad Intelectual está realizando el inventario y descripción de los fondos conservados.
Durante décadas se han depositado las obras que acompañan a las solicitudes de inscripción de derechos de propiedad intelectual en soporte papel. Desde la introducción de las tecnologías de la información y la comunicación, los materiales se vienen depositando en soportes y formatos digitales, evolucionando de acuerdo con el estado de las tecnologías de almacenamiento de datos.
La obsolescencia de los soportes digitales supone un riesgo para la conservación de los datos que almacenan, que corren peligro de desaparición. Por esa razón, el Registro Central está trabajando en la migración y en la preservación de los materiales digitales.
Publicadas en la Biblioteca Virtual del Patrimonio Bibliográfico las obras más antiguas de los fondos conservados por el Registro de la Propiedad Intelectual.
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En este apartado se publican digitalmente obras depositadas en el Registro de la Propiedad Intelectual y conservadas por el Registro Central que han pasado a dominio público.