Salto de línea El Registro de la propiedad intelectual propone distintas alternativas para atender las solicitudes de información y las consultas que le plantee la ciudadanía.
Los Registros Territoriales son los competentes para la tramitación y resolución de los expedientes de inscripción o anotación presentados en su ámbito territorial; por tanto, para cualquier consulta deberá dirigirse al Registro Territorial donde usted vaya a presentar o haya presentado su solicitud.
El Registro Central , a través de las Oficinas Provinciales, es el competente para tramitar los expedientes de los interesados que presenten sus solicitudes en cualquiera de las restantes Comunidades Autónomas.
A través de la sección Preguntas frecuentes se da respuesta a las consultas más habituales planteadas por los interesados sobre los procedimientos del Registro de la Propiedad Intelectual.
Es posible solicitar información al Registro Central y a las oficinas que dependen de él , y a los Registros Territoriales y a las oficinas dependientes de ellos .
Consultas a través del Formulario de contacto del Registro Central
Salto de línea El servicio de información y consulta ofrece información general sobre los procedimientos gestionados por el Registro, entre cuyas competencias NO figura la de ofrecer asesoría jurídica sobre Propiedad Intelectual a solicitud de los ciudadanos.