INFORMACIÓN BÁSICA
¿Quién puede solicitar la reproducción de documentos custodiados en el Archivo Histórico de la Nobleza?
Cualquier ciudadano puede solicitar la reproducción de los documentos custodiados en el Archivo Histórico de la Nobleza, siempre y cuando esté dado de alta en el Sistema de Gestión Interna de Archivos y los documentos solicitados no se hallen en mal estado de conservación o esten siendo objeto de tratamiento técnico.
¿Cómo puedo darme de alta en el Sistema de Gestión Interna de Archivos?
Existen dos opciones: presencial y telemática.
Para darse de alta presencialmente es necesario identificarse, en el mostrador de la Sala de Investigadores, presentando alguno de los siguientes documentos:
El documento aportado será escaneado y devuelto en el momento. Si en el documento de identidad que aporte no consta el domicilio, deberá presentar, además, un documento que acredite su domicilio permanente.
Se aceptarán solamente documentos originales y con una antigüedad no superior a tres meses.
Si el usuario en cuestión fuera un representante de una persona jurídica, se solicitará además el Código de Identificación Fiscal (CIF/NIF) y el nombre legal de la entidad.
Además, el Archivo procederá a hacer una foto al usuario para adjuntarla a su expediente electrónico de usuario.
Para darse de alta por vía telemática es necesario rellenar el siguiente formulario y remitirlo, junto una imagen digital del documento que acredite la identidad (DNI, NIE, pasaporte…) y una fotografía tipo carné, a la dirección de correo nobleza@cultura.gob.es
¿Cómo puedo solicitar la reproducción de uno o varios documentos?
Existen dos vías:
Solicitud presencial de reproducciones:
Se realizan en la Sala de Investigadores, rellenando un formulario que podrá solicitar en el mostrador.
Solicitud de reproducciones por vía telmática:
Mediante la aplicación "Contacte" o a través del correo electrónico nobleza@cultura.gob.es, remitiendo relleno el siguiente formulario
Una vez recibida su solicitud por escrito se iniciarán los trámites pertinentes, los pasos a seguir le serán comunicados por el equipo de este centro.
¿De qué depende el precio de las imágenes solicitadas?
El precio dependerá del número de imágenes solicitadas y del tipo de copia que desee, así como de su formato. En cualquier caso, una vez solicitadas formalmente las imágenes, por cualquiera de las vías anteriormente citadas, se procederá a enviarle el correspondiente presupuesto.
¿Y si una vez recibido el presupuesto no estoy conforme?
La elaboración del presupuesto por este Archivo no supone la obligación de abonarlo, se lo remitiremos con carácter informativo. Si usted está de acuerdo con el mismo deberá enviarnos firmado el documento de aprobación de presupuesto (que le haremos llegar junto al mismo) y abonar el importe.
¿Cuánto tiempo tardaré en recibir las reproducciones?
No existe un plazo prefijado. El tiempo de envío de las imágenes suele oscilar entre los 10 y los 20 días a partir de que usted haya abonado las tasas que le serán comunicadas, después de haber solicitado formalmente las copias en las que está interesado.
¿Qué resolución tienen las imágenes digitales que voy a recibir?
La resolución habitual con la que realizamos las imágenes digitales de los documentos en este archivo es de 200 ppp (puntos por pulgada). Si desea copia de algún documento con mayor resolución (nunca superior a los 300 ppp) tendrá que especificarlo en el formulario de solicitud de reproducción de documentos.
¿Qué uso puedo hacer de las imágenes?
Las reproducciones de la documentación que se le envían están restringidas para uso científico, estadístico o de investigación histórica. En el caso de hacer uso público de las mismas mediante cualquier sistema de divulgación, deberá contar con la autorización expresa o licencia de este Centro, así como citar debidamente su procedencia y signatura, de acuerdo con la Orden de 4 de marzo de 1959 del Ministerio de Educación Nacional y la Orden CUL/1077/2011 de 25 de abril, por la que se fijan los precios públicos de determinados servicios prestados por los órganos centrales del Ministerio de Cultura.
La entrega de reproducciones o duplicados en cualquier tipo de soporte estarán sujetos a la legislación sobre Propiedad Intelectual (Ley 21/2014 de 4 de noviembre de Propiedad intelectual) y demás normativa vigente, debiéndose acreditar por el solicitante la cesión en su caso de los correspondientes derechos.
Las solicitudes de reproducción con otras finalidades comportará la aceptación de las condiciones del Ministerio de Cultura y, en su caso, la firma del correspondiente convenio según se recoge en el art. 5 de la Orden de 25 de abril de 2011 por la que se fijan los precios públicos de determinados servicio prestados por los órganos centrales del Ministerio de Cultura (BOE de 29 de abril de 2011).
La reproducción de series documentales completas requerirá una autorización expresa de la Dirección General de Bellas Artes.
¿Cómo puedo obtener autorización para hacer uso público de las imágenes, mediante cualquier sistema de divulgación?
Para publicar imágenes de documentos custodiados en los Archivos Estatales es necesario firmar una autorización o licencia con el Ministerio de Cultura. Para ello deberá dirigir su solicitud a nobleza@cultura.gob.es y procederemos a remitirle el formulario correspondiente.
¿Cómo debo citar las imágenes que vaya a publicar?
La forma correcta de citar la procedencia de un documento es:
ESPAÑA. MINISTERIO DE CULTURA. ARCHIVO HISTÓRICO DE LA NOBLEZA, (Fondo), (Caja) (Documento)
Ejemplo:
ESPAÑA. MINISTERIO DE CULTURA. ARCHIVO HISTÓRICO DE LA NOBLEZA, OSUNA, C. 1354, D.12
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