El Archivo Histórico de la Nobleza custodia fondos de titularidad pública y privada que han ingresado en el centro mediante negocios jurídicos tales como: compraventa, donación, herencia, legado, entrega de bienes del Patrimonio Histórico, depósito o comodato, según lo estipulado en el artículo 63.1 y el título VIII de la Ley 16/1985 de Patrimonio Histórico Español y en el título IV del RD 111/186 de desarrollo parcial de la Ley de Patrimonio.
Los ingresos de nuevos fondos en el Archivo Histórico de la Nobleza se gestionan por la Dirección del centro y se tramitan siempre a través de la Subdirección General de los Archivos Estatales. En el caso de que medie tasación o valoración (caso de compra o donación) intervendrá, además, la Junta de Calificación y Valoración de la Dirección General dePatrimonio Cultural y Bellas Artes.
El expediente se inicia siempre de parte. El propietario o los propietarios se dirigen a la Dirección del Archivo o a la Subdirección General de los Archivos Estatales (en adelante, SGAE), manifestando su voluntad de legar, donar, vender o dejar los documentos o fondos archivísticos en depósito o comodato en el Archivo Histórico de la Nobleza.
A partir de ahí, dependiendo del tipo de actuación, hay dos formas de tramitación:
En todos los supuestos para la tramitación del ingreso se exigirá el bastanteo, es decir, el documento por el que se garantiza la propiedad del archivo en cuestión, y que los actuantes tienen la capacidad jurídica para la firma del negocio.
Por parte del archivo, previamente se realizará el informe de valoración del fondo a ingresar, en el que se deberá considerar el valor histórico del archivo y su contenido, con el fin de determinar si el mismo es adecuado para ser conservado en un archivo histórico de carácter nacional. Además, dicho informe incluirá otros elementos a considerar como el estado de organización, si cuenta o no con inventario (total o parcial) y el estado de conservación.
Finalizado el expediente de ingreso y una vez que la documentación se ha entregado al archivo se procederá al tratamiento técnico del fondo, que dependerá de cada caso particular, procediendo a las labores de instalación, descripción, digitalización, difusión, etc.