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Sala antigua

PARA LAS LICENCIAS DE USO Y REPRODUCCIÓN DE IMÁGENES

Cualquier persona puede usar imágenes de los documentos públicos conservados en el Archivo General de Indias. Si el uso que se pretende dar a esas imágenes va más allá de los meros fines de investigación como, por ejemplo, ediciones, exposiciones, filmaciones, publicaciones comerciales o cualquier otra actividad de naturaleza similar, es necesario solicitar una licencia de uso específica de dichas imágenes al Ministerio de Cultura, como titular de los documentos conservados en el Archivo.

A la hora de solicitar cualquier licencia de uso de imágenes, hay que tener cuenta dos elementos:

Puede realizar su solicitud en: CULTURA - Ministerio de Cultura y Deporte (sede.gob.es)Nueva ventana.

Si no fuera posible presentar la solicitud en soporte electrónico, por favor, contacte con el archivo y solicite el formulario correspondiente al objeto de que pueda presentar la solicitud firmada en papel en las oficinas públicas de registro de cualquier Administración PúblicaNueva ventana, en las oficinas de Correos, o en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, en aplicación del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

PARA LAS AUTORIZACIONES DE USO DE ESPACIOS

En aplicación de lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, cualquier persona física o jurídica puede solicitar el uso de estos y otros posibles espacios del centro para desarrollar algún tipo de actividad (celebración de eventos, grabación de audiovisuales, etc.).

A la hora de solicitar el correspondiente permiso, hay que tener en cuenta varios elementos a considerar:

Puede realizar su solicitud en: CULTURA - Ministerio de Cultura y Deporte (sede.gob.es)Nueva ventana.

Si no fuera posible presentar la solicitud en soporte electrónico, por favor, contacte con el archivo y solicite el formulario correspondiente al objeto de que pueda presentar la solicitud firmada en papel en las oficinas públicas de registro de cualquier Administración PúblicaNueva ventana, en las oficinas de Correos, o en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, en aplicación del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la publicación resultante, la procedencia de los documentos o imágenes se citará obligatoriamente de la siguiente manera:

  • MINISTERIO DE CULTURA, Archivo [indicar el nombre completo del Archivo], Código de Referencia / Signatura.

Cuando la publicación se realice fuera de España, la procedencia de los documentos o imágenes se citará de la siguiente forma:

  • ESPAÑA. MINISTERIO DE CULTURA. Archivo [indicar el nombre completo del Archivo], Código de Referencia / Signatura.
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